Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2009 (29/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406907

La notificacion de la informacion a que se refiere el primer parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley se efectuara mediante notificacion personal con acuse de recibo. Para efectos de la notificacion y publicacion a que se refiere el MORDAZA y tercer parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley, en los casos de los asegurados fallecidos sobre los cuales no MORDAZA sido posible ubicar a sus beneficiarios o herederos en defecto de los primeros, las empresas de seguros deberan proceder segun se indica a continuacion: a) La informacion consolidada de los asegurados cuyo fallecimiento hubiera tomado conocimiento en el mes debera ser publicada en un diario de circulacion nacional, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la finalizacion del referido mes. b) Dicha publicacion contendra, por cada asegurado, la informacion sobre la identidad de los beneficiarios no ubicados, en caso las empresas de seguros cuenten con dicha informacion. Asimismo, la informacion materia de publicacion mensual debera estar disponible en la pagina web de cada empresa de seguros, la misma que sera acumulativa, en tanto los beneficios no MORDAZA cobrados. Articulo 8°.- De los procesos de particion o adjudicacion de bienes Lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria, de la Ley resulta aplicable en los casos en que el asegurado no ha designado beneficiarios, por lo que dicha calidad se otorga a los herederos del asegurado, designados conforme a las reglas del Codigo Civil.

Articulo 9°.- Infracciones y sanciones El incumplimiento por parte de las empresas de seguros de la obligacion de mantener la base de datos que se requiere en la Ley, y en el presente Reglamento, para la conformacion del registro conforme a las condiciones establecidas para tal fin, asi como la falta de remision de la informacion requerida por la Superintendencia en el plazo establecido, constituyen infracciones graves y estaran sujetas a las sanciones establecidas en el Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. Articulo 10°.- Normas complementarias La Superintendencia dictara las normas complementarias necesarias para el adecuado funcionamiento y organizacion del Registro creado por la Ley. Articulo 11º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 429308-3

Modificacion del Anexo del Decreto Supremo N° 214-2009-EF
DECRETO SUPREMO N° 272-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 214-2009-EF, se autorizo una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, para financiar el Programa de Reparaciones Colectivas del Plan Integral de Reparaciones; Que, en el Anexo que forma parte del Decreto Supremo N° 214-2009-EF, se consigno, en los numerales 231, 232 y 233, las intervenciones: "Instalacion de Vivero Agroforestal con Fines de Mejorar la Produccion de Cacao en la CC.NN. de Boca del Chenic, Distrito de Rio Negro - Satipo ­ Junin", "Instalacion del Sistema de Agua Potable y Saneamiento del CC.PP. La Union, Distrito de Rio Negro - Satipo ­ Junin" y

"Mejoramiento de los Servicios Turisticos en la CC.NN. San MORDAZA de Shauriato, Distrito de Rio Negro - Satipo ­ Junin", las cuales estarian a cargo de la Municipalidad Distrital de Rio Tambo, con codigo de ubigeo 120608; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Oficio N° 5671-2009-PCM/SG, solicita modificar el Anexo del citado Decreto Supremo, por cuanto las referidas intervenciones, por su ambito geografico de ubicacion, corresponden ser ejecutadas por la Municipalidad Distrital de Rio Negro, provincia de Satipo, departamento de MORDAZA, con codigo de ubigeo 120607; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y en la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 035-2009; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion del Anexo del Decreto Supremo N° 214-2009-EF Modifiquense los numerales 231, 232 y 233 del Anexo del Decreto Supremo N° 214-2009-EF, en los terminos y condiciones siguientes:
MONTO TOTAL POR GOBIERNO LOCAL (S/.)



DEPARTAMENTO

GOBIERNOS LOCALES

UBIGEO

COMUNIDAD

INTERVENCIONES

CODIGO DNPP

MONTO POR COMUNIDAD (S/.)

231

MORDAZA

120607

BOCA DEL CHENIC

Instalacion de vivero agroforestal con fines de mejorar la produccion de Cacao en la CC.NN. de Boca del Chenic, Distrito de Rio Negro - Satipo - MORDAZA Instalacion del Sistema de Agua Potable y Saneamiento del CC.PP. La Union, Distrito de Rio Negro - Satipo - MORDAZA

101789

100,000.00

232

MORDAZA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO

120607

LA UNION

101950

100,000.00

233

MORDAZA

120607

SAN MORDAZA Mejoramiento de los servicios turisticos DE SHAU- en la CC.NN. San MORDAZA de Shauriato, RIATO Distrito de Rio Negro - Satipo - MORDAZA

103388

100,000.00 300,000.00

Total Municipalidad Distrital de Rio Negro

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