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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (04/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de octubre de 2009 403808 Resolución Ministerial Nº 01423-2006-AG, estableciendo que para las obras a ser ejecutadas por el Estado, las Organizaciones de Usuarios de Agua de Riego, deberán aportar como mínimo: i) El veinte por ciento (20%) del costo total de la inversión, para obras cuyo costo total de inversión sea mayor de Trescientos Cincuenta Mil Dólares Americanos (US$ 350,000.00); ii) El veinte por ciento (20%) del costo total de la inversión, para obras cuyo costo total de inversión sea igual o menor de Trescientos Cincuenta Mil Dólares Americanos (US$ 350,000.00), hasta el 31 de julio de 2009. A partir del 01 de agosto de 2009, el aporte de las Organizaciones de Usuarios de Agua de Riego, al costo de inversión de este tipo de obras, será del veinticinco por ciento (25%); Que, la aplicación de la citada Resolución Ministerial favorece a las Organizaciones de Usuarios de Agua de Riego de mayor capacidad de pago que fueron las primeras en acceder al fi nanciamiento por parte del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, en tanto que, las Organizaciones de menor capacidad se verán perjudicadas al tener que realizar, a partir del 01 de agosto de 2009, un aporte mayor (25%) para el fi nanciamiento de sus obras de rehabilitación y mejoramiento de infraestructura de riego; Que, siendo que todas las Organizaciones de Usuarios de Agua de Riego tienen los mismos deberes y derechos, el aporte de estas Organizaciones “Elegibles” respecto al costo total de inversión de sus obras de rehabilitación y mejoramiento de infraestructura de riego, debe estandarizarse, garantizándose un trato justo y equitativo para acceder a los incentivos que otorga el Estado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y las visaciones del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el inciso a) del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0448-2005-AG, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 01423-2006-AG, en el siguiente sentido: “a. Para las obras a ser ejecutadas por el Estado, las Organizaciones de Usuarios de Agua de Riego de la Costa deberán aportar una cantidad fi ja equivalente al veinte por ciento (20%) del costo total de la inversión, que incluye los costos del expediente técnico, construcción, supervisión e impuestos de Ley”. Artículo 2°.- La presente Resolución será de aplicación a los proyectos de obras de rehabilitación y mejoramiento de infraestructura de riego que a la fecha se encuentren tramitando. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 405829-1 AMBIENTE Encargan funciones de Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales a la Viceministra de Gestión Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2009-MINAM Lima, 02 octubre del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se aprobó la creación del Ministerio del Ambiente así como se estableció su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y funciones; Que, asimismo, mediante el Decreto Legislativo Nº 1039, se modifi có el literal i) del artículo 7º, así como los artículos 10º y 11º y la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Primera Disposición Complementaria Modifi catoria del Decreto Legislativo Nº 1013 respecto a las funciones asignadas al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Suprema N° 015- 2009-MINAM de fecha 01 de octubre de 2009, se dio por concluida la designación de la señora VANESSA VEREAU LADD como Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; Que, a fi n de garantizar la continuidad de la gestión del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, resulta necesario encargar las funciones del referido Viceministerio, en tanto se designe al titular; De conformidad con lo establecido en el artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar, con efectividad al 02 de octubre de 2009, las funciones de Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente a la señora ANA MARÍA GONZALEZ DEL VALLE BEGAZO, Viceministra de Gestión Ambiental, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 405915-1 DEFENSA Declaran vacantes para el Ascenso de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos de Armas y Servicios y cambio de condición Promoción 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 934-2009-DE/EP Lima, 02 de octubre del 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 - Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, Ley Nº 29404 que modifica el Artículo 7º de la Ley Nº 29108 y el Decreto Supremo Nº 011-2008 que aprueba el Reglamento de la Ley, establecen las normas que rigen la Declaratoria de Vacantes, para el Ascenso de Oficiales en cada grado; Estando a lo recomendado por el Director de Personal del Ejército, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo opinado por el Comandante General del Ejército;