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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de octubre de 2009 403817 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Viceministro de MYPE e Industria como representante titular del Ministerio de la Producción ante la Comisión Intersectorial de Empleo – CIE. Artículo 2º.- Remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo copia de la presente Resolución Ministerial, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de la Producción 405395-1 Modifican las RR.MM. Nºs. 140-95-PE y 371-94-PE en el extremo referido a la implementación del sistema de preservación RSW a bordo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 721-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de septiembre del 2009 Visto el escrito de Registro N° 00060314-2009 y adjuntos 1 y 2 de fechas 03 de agosto, 09 y 10 de septiembre del 2009, presentada por la empresa PESQUERA DOÑA CAROLINA S.A. CONSIDERANDO: Que, en el numeral 32.2 del artículo 32º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las embarcaciones pesqueras para consumo humano directo mayores de cien (100) toneladas métricas de capacidad de bodega, que destinen sus capturas a plantas procesadoras de consumo humano directo, podrán contar con permiso de pesca siempre que cuenten con sistemas CSW (agua de mar enfriada) o RSW (agua de mar refrigerada) u otro sistema que garantice la óptima calidad del producto capturado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 140-95- PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros, a la empresa SALTA MAR S.A. para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM de 250.00 TM de capacidad de bodega, en la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, Mediante Resolución Directoral Nº 189-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 10 de julio del 2003, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA DOÑA CAROLINA S.A. para operar la embarcación pesquera denominada “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM, con 265.62 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Ministerial Nº 140-95-PE; Que, mediante escrito de Registro Nº 0006314-2009, de fecha 03 de agosto del 2009, la empresa PESQUERA DOÑA CAROLINA S.A., solicitó la modifi cación de Resolución Autoritativa por implementación de RSW a bordo de la embarcación pesquera “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM; Que, como consecuencia del proceso de evaluación de la solicitud, presentada por la administrada se observó los Certifi cados de Matrícula y Certifi cado Nacional de Arqueo, toda vez que no indicaban la capacidad de bodega en m3; asimismo, se observo que se había realizado el pago por derecho de trámite de 12.25% siendo el monto real el 12.30% de la UIT; Que, mediante Ofi cio Nº 5535-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 03 de septiembre del 2009, se comunicó a la administrada que subsane las observaciones indicadas en dicho ofi cio caso contrario se procedería conforme a la normatividad vigente; Que, la empresa PESQUERA DOÑA CAROLINA S.A., ha cumplido con subsanar las observaciones anotadas dentro del plazo establecido del mismo, adjuntando el Certificado Nacional de Arqueo por el que se precisó la capacidad de bodega en m3 de la embarcación pesquera “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM, así como, el reintegro de pago por derecho de trámite, en tal sentido, la administrada ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 21 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 008- 2009-PRODUCE, por lo que correspondería aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 916-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, modifi cado por Resolución Directoral Nº 189-2003-PRODUCE/DNEPP el extremo referido a la implementación del sistema de preservación RSW a bordo, manteniéndose inalterables las demás características de la embarcación pesquera “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM. Artículo 2°.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente resolución será ejercido conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento. Artículo 3°.- Incorporar el sistema de preservación RSW de la embarcación pesquera “DOÑA ROSA” de matrícula CE-1853-PM, y de la presente Resolución Directoral en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 404910-5