Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2009 (23/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404993

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesion Ordinaria de fecha 18 de Septiembre del presente ano, ha adoptado: VISTOS: El Informe Nº 453-2009-SGFYTP, de la Subgerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios, el Dictamen Nº 311-2009-SGAJ/MDM, de la Subgerencia de Asesoria Juridica, el Dictamen Nº 0019-2009-RVBT/MDM, de la Comision Ordinaria de Regidores de Planeamiento MORDAZA, Habilitaciones Urbanas y Gestion Patrimonial, el Proveido Nº 439-2009-A/MDM de despacho de Alcaldia y; CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Informe Nº 453-2009-SGFYTP/MDM emitido por la Subgerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios se pone en conocimiento la propuesta de adjudicacion a traves de la modalidad de venta directa de los lotes urbanos ubicados en el Modulo "B" de MORDAZA Majes, en aplicacion del Programa Municipal de Vivienda PROMUVI "Gral. MORDAZA MORDAZA Alvarado", aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM, para que de estimarlo pertinente sea presentado al pleno del concejo para su aprobacion. Que con fecha 15 de MORDAZA del 2009 la Subgerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios emitio el informe Nº 234-2009-SFGYTP/MDM mediante el cual se hizo de conocimiento de la Comision de Planeamiento MORDAZA, Habilitaciones Urbanas y Gestion Patrimonial, el listado de 13 posesionarios del Modulo B de MORDAZA Majes que se encontraban posesionados sobre lotes que fueron objeto de adjudicacion por AUTODEMA a traves de los sorteos realizados por dicha institucion. Como consecuencia de este informe y del dictamen de comision respectivo el pleno del Concejo Municipal aprobo a traves del acuerdo de Concejo Municipal Nº 132-2009-MDM de fecha 23 de MORDAZA del 2009, la reubicacion de los 13 administrados que se encontraban en posesion de lotes adjudicados a efecto de que puedan ser reubicados a los lotes de propiedad municipal propuestos por la Comision Ordinaria de Regidores de Planeamiento MORDAZA, Habilitaciones Urbanas y Gestion Patrimonial a fin de continuar con el MORDAZA de formalizacion en el Modulo B de MORDAZA Majes. Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de septiembre de 2008 se aprobo la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM la misma que entro en vigencia el dia 30 de septiembre del 2008, por la que se crea el Programa Municipal de Vivienda ­ PROMUVI "Juan MORDAZA Alvarado" y de los procesos para diagnostico, saneamiento, administracion y disposicion de bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de Majes, en aplicacion de la Ley Nº 28099, cuya finalidad esta orientada al saneamiento tecnico legal de la propiedad municipal para la transferencia de propiedad a terceros y a la promocion de la organizacion de la demanda, generacion de ahorro y asistencia tecnica en el desarrollo de proyectos de adquisicion de vivienda nueva, construccion en sitio propio y mejoramiento de vivienda. Que conforme al numeral 7 del articulo 38 de la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM se extrae lo siguiente "No seran reconocidos como posesionarlos

aquellas personas que se encuentren ocupando terrenos que hayan sido materia de procesos anteriores de adjudicacion efectuados por AUTODEMA. En tales casos, dichas personas deberan ser reubicadas en las areas que determine la Municipalidad y que MORDAZA de libre disponibilidad y de propiedad municipal. En caso de persistir en la supuesta posesion, seran denunciados y demandados en la via judicial por ocupacion precaria y demas acciones pertinentes, de conformidad a la presente Ordenanza". Que al ser transferidos los predios a la Municipalidad esta, adquirio ademas del derecho de propiedad, las obligaciones del anterior propietario frente a terceros ocurriendo una transmision de obligaciones que se encuentra prevista en el articulo 1218 del Codigo Civil, dentro de estas multiples obligaciones se encuentra la de reconocer como validos los sorteos efectuados por la AUTODEMA de conformidad con lo establecido en los articulos 40 y 41 de la Ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM y los puntos 8 y 9 del Acta Final de conclusiones de la Comision Bipartita celebrada con fecha 29 de octubre del 2006. Por tal motivo es que la Municipalidad no puede disponer de terrenos que han sido adjudicados a favor de terceros a traves de los procesos de adjudicacion que realizo AUTODEMA. Dentro de la politica de formalizacion de terrenos de propiedad municipal uno de los principales objetivos es evitar los conflictos que se puedan suscitar entre posesionarios y/o entre estos y adjudicatarios debido a que este MORDAZA de conflictos aletargan el MORDAZA de formalizacion que se viene llevando a cabo. Es en merito a estas consideraciones que el numeral 7 del articulo 38 de la Ordenanza Municipal Nº 025-2008MDM contiene la figura de la reubicacion, considerando que las personas al posesionarse sobre un lote no estan en la capacidad de poder determinar si dicho lote en este caso se encuentra adjudicado o no, por lo que ante esta circunstancia la Municipalidad otorga la posibilidad de la reubicacion teniendo en cuenta entre otros factores la disponibilidad de terreno para poderse efectuar y que sea la unica observacion al expediente presentado por la solicitante. Que, segun el informe de la referencia los expedientes presentados a la Subgerencia de Formalizacion y Titulacion de Predios, se han llevado a cabo 3 listados de los cuales como resultado han quedado 35 solicitantes descalificados. Dentro de este grupo de solicitantes se han identificado a 13 de ellos cuya unica observacion es encontrarse posesionados sobre un lote adjudicado para lo cual adjuntamos al presente informe la lista de los solicitantes que se encuentran en esta situacion. Previamente aprobada por acuerdo de Concejo Municipal Nº 132-2009-MDM de fecha 23 de MORDAZA del 2009. Que habiendose realizado el informe valorativo por la Perito encargada de realizar la tasacion correspondiente, resulta procedente poner a conocimiento del Concejo Municipal la relacion de solicitantes aptos para su aprobacion correspondiente. Que, la Subgerencia de Asesoria Juridica, a traves del Nº 311-2009-SGAJ/MDM senala que para el analisis particular e individual de cada solicitud, se ha determinado que la modalidad para ser declarados aptos para la adjudicacion de venta directa corresponde a la establecida en el Art. 35 numeral 35.2 del PROMUVI dispositivo que de forma literal senala "Seran considerados aptos para la adjudicacion en venta directa la poblacion en forma individual identificada a beneficiar mediante el PROMUVI en las areas que determine La Municipalidad, siempre y cuando MORDAZA residentes estables del Distrito de Majes y no posean otra propiedad en la circunscripcion distrital; ademas de no tener ningun procedimiento judicial, extrajudicial o administrativo, en perjuicio y/o agravio de La Municipalidad" concordado con lo dispuesto en el articulo 38, numeral 7 del mismo dispositivo legal en lo que corresponde a la reubicacion. Que, segun lo establecido en el articulo 20 numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es

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