Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2009 (23/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de octubre de 2009

EL SUBGERENTE DE PLANIFICACION MORDAZA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 32851-2006 seguido por "HUMBERTO MORDAZA MUNOZ", por el que solicitan la Independizacion del terreno MORDAZA con zonificacion Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" de un area de 110,421.25 m2 constituido por parte del Lote 2 de la MORDAZA alta del sector B del Fundo Inquisidor y MORDAZA, ubicado en el Distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo N° 03, tomado en Sesion Nº 014-08-CTHU/MDA de fecha 12 de Diciembre de 2008 la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitacion MORDAZA, emitio Dictamen FAVORABLE, aprobando el Planeamiento Integral o diseno MORDAZA con fines de Independizacion del terreno MORDAZA con zonificacion Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" con un area de 110,421.25 m2 constituido por parte del Lote 2 de la MORDAZA alta del sector B del Fundo Inquisidor y MORDAZA, ubicado en el Distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Valorizacion Nº 037 -2009-SGPUCGDU/MDA de fecha 18 de Junio de 2009 se efectuo la liquidacion referente a la Independizacion de terreno MORDAZA, ascendente a un monto total de S/. 28,387.26 nuevos soles; la cual ha sido fraccionada en 2 cuotas mediante Resolucion Sub Gerencial de Recaudacion y Control Nº 080 -2009 -SGR y C-GAT/MDA y con recibo de pago Nº 0005513652, de fecha 27 de Agosto de 2,009 ascendente a S/.18,107.26 nuevos soles pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de la primera cuota del mencionado convenio de fraccionamiento. Que, de conformidad con el Art. 39, capitulo V, MORDAZA GH. 020, Titulo II del Reglamento Nacional de Edificaciones; el Planeamiento Integral aprobado tendra caracter de obligatorio para las habilitaciones futuras cualesquiera que sea el propietario y tendra una vigencia minima de 10 anos, salvo que dentro de dicho termino se apruebe oficialmente un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral. Que, mediante Informe Tecnico Nº 178 -2,009A.R.Y.P. de fecha 03 de Septiembre de 2,009, se concluye que el presente tramite de independizacion de terreno MORDAZA es procedente; habiendo el interesado cumplido con subsanar las observaciones detectadas por la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas y con presentar la documentacion y los pagos requeridos por el MORDAZA vigente; debiendo emitirse la Resolucion correspondiente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capitulo ii del Articulo 79° de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades y Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y por el Reglamento Nacional De Edificaciones. SE RESUELVE:

MDA, la Independizacion del terreno MORDAZA para uso Residencial de Densidad Media "RDM", con un area de 110,421.25 m2 constituido por parte del Lote 2 de la MORDAZA alta del sector B del Fundo Inquisidor y MORDAZA, ubicado en el Distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, independizandose en cuatro Secciones o Sub ­ Lotes, de acuerdo al siguiente cuadro de areas: SUB LOTE A -1 SUB LOTE A -2 SUB LOTE A -3 SUB LOTE A -4 TOTAL : : : : : 33,849.24 m2 24,706.97 m2 40,000.00 m2 11,865.74 m2 ---------------------110,421.25 m2

Articulo Tercero.- ESTABLECER, la obligatoriedad para las habilitaciones futuras a respetar el Planeamiento Integral aprobado, el cual tendra una vigencia minima de 10 anos, salvo que dentro de dicho termino se apruebe oficialmente un Plan Regulador, que obligue al cambio de dicho planeamiento integral; de conformidad con el Reglamento Nacional de Edificaciones. Articulo Cuarto.- DISPONER, que el incumplimiento del pago de las cuotas faltantes establecida en el Convenio Nº 0074 -2,009-SGR y C-GAT/MDA aprobado con Resolucion Sub Gerencial de Recaudacion y Control Nº 080 - 2,009-SGR y C-GAT/MDA, se declarara de oficio la nulidad de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion del Planeamiento Integral y la Independizacion; asi como a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Subgerente Planificacion MORDAZA y Catastro
412337-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones sin Licencia de Edificacion
ORDENANZA Nº 187

La MORDAZA, 12 de octubre de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 11 de Comision Conjunta de Desarrollo MORDAZA, Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica y de Asuntos Juridicos, sobre el Proyecto de Ordenanza para la Regularizacion Extraordinaria de Construcciones realizadas sin Licencia de Edificacion en el distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO:

Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 051-2009-SGPUC-GDU/MDA, el Planeamiento Integral o diseno MORDAZA con fines de Independizacion del terreno MORDAZA con zonificacion Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" con un area de 110,421.25 m2 constituido por parte del Lote 2 de la MORDAZA alta del sector B del Fundo Inquisidor y MORDAZA, ubicado en el Distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 052-2009-SGPUC-GDU/

Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, sostenible y armonioso de su circunscripcion, viabilizan el crecimiento economico e impulsan la justicia social; Que, es proposito de este gobierno municipal facilitar el acceso a la formalidad de grupos humanos que han realizado edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes; Que, es politica de la actual gestion municipal alentar el desarrollo economico y social del vecindario

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