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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de octubre de 2009 405115 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “UNIDAD OLIVENSE”, de distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el libro especial de las organizaciones políticas locales, Tomo Diez, Partida Electrónica número treinta y uno y regístrese la inscripción en el Asiento número uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos Carmen Marina Morales Gordillo y Jorge Alberto Maco Yauce, respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Director del Registro de Organizaciones Políticas 412895-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban nuevo formato de Certificado de Inscripción del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 683-2009-JNAC/RENIEC Lima, 23 de octubre de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 001158-2009/GRI/RENIEC (29MAY2009), emitido por la Gerencia de Registros de Identifi cación, el Ofi cio Nº 000547-2009/SJNAC/RENIEC (12JUN2009) emitido por la Sub Jefatura Nacional, los Ofi cios Nos. 812-2009/GI/RENIEC (22JUN2009) y 0001315- 2009/GI/RENIEC (02SET2009) emitidos por la Gerencia de Informática y los Informes Nos. 000758-2009-GAJ/RENIEC (24JUN2009) y Nº 001117-2009/GAJ/RENIEC (10SET2009), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, tiene como una de sus funciones emitir las constancias de inscripción correspondientes de la información contenida en el Registro del Estado Civil y en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; Que, el artículo 4º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, dispone que cualquier persona puede solicitar certifi caciones de las inscripciones efectuadas, de los títulos archivados que las sustentan, así como de los archivos personales, con las restricciones que la misma norma establece; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 872-2004- JEF/RENIEC (30DIC2004), se aprobaron los formatos de Certifi cado de Inscripción, Certifi cado de Nombres Iguales y Certifi cado de Dirección Domiciliaria del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; Que, la Ley Nº 28882 dispone que el requisito de certifi cado domiciliario queda cumplido por parte del interesado con la presentación, directamente ante el requirente, de una declaración jurada simple y escrita en la que conste su domicilio actual; Que, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 269- 2009-JNAC/RENIEC (19MAY2009), se establecen los procedimientos de certifi caciones en el procedimiento de identifi cación, los cuales contienen información respecto a los datos identifi catorios de los titulares de las inscripciones que obran en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, existiendo dentro de las certifi caciones referidas a la identidad, la correspondiente a la Certifi cación de Inscripción y la Certifi cación de Nombres Iguales, no habiéndose considerado la Certifi cación de Dirección Domiciliaria; Que, mediante el Ofi cio Nº 001158-2009/GRI/RENIEC (29MAY2009) la Gerencia de Registros de Identifi cación informa que mediante Resolución Gerencial Nº 065- 2008-GRI/RENIEC (10SET2008) se aprobó la Norma Administrativa Interna NAI-232-GRI-SGPI/001 “Modifi cación de datos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales de Inscripciones correspondientes a Personas Fallecidas en cumplimiento a Mandatos Judiciales”, estableciendo las normas y acciones a seguir con la fi nalidad de dar cumplimiento a los mandatos judiciales referidos a la modifi cación de datos en el mencionado registro; Que, mediante el Ofi cio Nº 000547-2009/SJNAC/ RENIEC (12JUN2009) la Sub Jefatura Nacional manifi esta que en concordancia con lo señalado por la Gerencia de Registros de Identificación, Gerencia de Asesoría Jurídica y la propuesta efectuada por la Gerencia de Informática, opina que resulta importante y necesario que la información “Glosa Informativa” del cambio de datos en el RUIPN de personas fallecidas por Mandato Judicial, registrada por la Sub Gerencia de Procesamiento de Identifi cación, sea consignada en forma impresa en las Certifi caciones de Inscripción que se emiten; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 000758-2009/GAJ/RENIEC (24JUN2009) considera pertinente que en el Certifi cado de Inscripción debe constar una Glosa Informativa conteniendo los datos esenciales de la Resolución Judicial, que dio lugar a la modifi cación en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; Que, la Gerencia de Informática mediante Ofi cio Nº 001315-2009/GI/RENIEC (02SET2009) e Informe Nº 000304-2009/SGIS/GI/RENIEC (28AGO2009) emitido por la Sub Gerencia de Ingeniería de Software, remite el Formato Word del Certifi cado de Inscripción con la “Glosa Informativa”, en la que se consignará los datos esenciales de la Resolución Judicial; Que, mediante Informe Nº 001117-2009/GAJ/RENIEC (10SET2009) la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que en virtud a lo prescrito en las Leyes Nos. 28862, 28882 y en concordancia con el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 269-2009-JNAC/RENIEC (19MAY2009), resulta necesario que se deje sin efecto el formato de Certifi cado de Dirección Domiciliaria que fuera aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004); Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 527-2009-JNAC/ RENIEC (18AGO2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto los formatos de Certifi cado de Inscripción y Certifi cado de Dirección Domicilaria aprobados mediante la Resolución Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004), manteniendo vigentes los demás extremos de la mencionada resolución no modifi cados por la presente. Artículo Segundo.- Aprobar el nuevo formato de Certifi cado de Inscripción del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales que, como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Registros de Identifi cación, Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Informática la implementación de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional