Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2009 (26/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la Organizacion Politica Local Distrital "UNIDAD OLIVENSE", de distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el libro especial de las organizaciones politicas locales, Tomo Diez, Partida Electronica numero treinta y uno y registrese la inscripcion en el Asiento numero uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Maco MORDAZA, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director del Registro de Organizaciones Politicas

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban MORDAZA formato de Certificado de Inscripcion del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales
RESOLUCION JEFATURAL N° 683-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 23 de octubre de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 001158-2009/GRI/RENIEC (29MAY2009), emitido por la Gerencia de Registros de Identificacion, el Oficio Nº 000547-2009/SJNAC/RENIEC (12JUN2009) emitido por la Sub Jefatura Nacional, los Oficios Nos. 812-2009/GI/RENIEC (22JUN2009) y 00013152009/GI/RENIEC (02SET2009) emitidos por la Gerencia de Informatica y los Informes Nos. 000758-2009-GAJ/RENIEC (24JUN2009) y Nº 001117-2009/GAJ/RENIEC (10SET2009), emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el inciso c) del articulo 7º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tiene como una de sus funciones emitir las constancias de inscripcion correspondientes de la informacion contenida en el Registro del Estado Civil y en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, el articulo 4º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, dispone que cualquier persona puede solicitar certificaciones de las inscripciones efectuadas, de los titulos archivados que las sustentan, asi como de los archivos personales, con las restricciones que la misma MORDAZA establece; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 872-2004JEF/RENIEC (30DIC2004), se aprobaron los formatos de Certificado de Inscripcion, Certificado de Nombres Iguales y Certificado de Direccion Domiciliaria del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, la Ley Nº 28882 dispone que el requisito de certificado domiciliario queda cumplido por parte del interesado con la MORDAZA, directamente ante el requirente, de una declaracion jurada simple y escrita en la que conste su domicilio actual; Que, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 269-

2009-JNAC/RENIEC (19MAY2009), se establecen los procedimientos de certificaciones en el procedimiento de identificacion, los cuales contienen informacion respecto a los datos identificatorios de los titulares de las inscripciones que obran en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, existiendo dentro de las certificaciones referidas a la identidad, la correspondiente a la Certificacion de Inscripcion y la Certificacion de Nombres Iguales, no habiendose considerado la Certificacion de Direccion Domiciliaria; Que, mediante el Oficio Nº 001158-2009/GRI/RENIEC (29MAY2009) la Gerencia de Registros de Identificacion informa que mediante Resolucion Gerencial Nº 0652008-GRI/RENIEC (10SET2008) se aprobo la MORDAZA Administrativa Interna NAI-232-GRI-SGPI/001 "Modificacion de datos en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales de Inscripciones correspondientes a Personas Fallecidas en cumplimiento a Mandatos Judiciales", estableciendo las normas y acciones a seguir con la finalidad de dar cumplimiento a los mandatos judiciales referidos a la modificacion de datos en el mencionado registro; Que, mediante el Oficio Nº 000547-2009/SJNAC/ RENIEC (12JUN2009) la Sub Jefatura Nacional manifiesta que en concordancia con lo senalado por la Gerencia de Registros de Identificacion, Gerencia de Asesoria Juridica y la propuesta efectuada por la Gerencia de Informatica, opina que resulta importante y necesario que la informacion "Glosa Informativa" del cambio de datos en el RUIPN de personas fallecidas por Mandato Judicial, registrada por la Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion, sea consignada en forma impresa en las Certificaciones de Inscripcion que se emiten; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 000758-2009/GAJ/RENIEC (24JUN2009) considera pertinente que en el Certificado de Inscripcion debe constar una Glosa Informativa conteniendo los datos esenciales de la Resolucion Judicial, que dio lugar a la modificacion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, la Gerencia de Informatica mediante Oficio Nº 001315-2009/GI/RENIEC (02SET2009) e Informe Nº 000304-2009/SGIS/GI/RENIEC (28AGO2009) emitido por la Sub Gerencia de Ingenieria de Software, remite el Formato Word del Certificado de Inscripcion con la "Glosa Informativa", en la que se consignara los datos esenciales de la Resolucion Judicial; Que, mediante Informe Nº 001117-2009/GAJ/RENIEC (10SET2009) la Gerencia de Asesoria Juridica, concluye que en virtud a lo prescrito en las Leyes Nos. 28862, 28882 y en concordancia con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 269-2009-JNAC/RENIEC (19MAY2009), resulta necesario que se deje sin efecto el formato de Certificado de Direccion Domiciliaria que fuera aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004); Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 527-2009-JNAC/ RENIEC (18AGO2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto los formatos de Certificado de Inscripcion y Certificado de Direccion Domicilaria aprobados mediante la Resolucion Jefatural Nº 872-2004-JEF/RENIEC (30DIC2004), manteniendo vigentes los demas extremos de la mencionada resolucion no modificados por la presente. Articulo Segundo.- Aprobar el MORDAZA formato de Certificado de Inscripcion del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales que, como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Registros de Identificacion, Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Informatica la implementacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.reniec.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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