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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de octubre de 2009 405142 Jenny Mía Valencia Yáñez, José Alejandro Díaz Pérez y Odeli Isabel Mendoza Olivera fueron asignados a los cargos de Director Ejecutivo de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, Director de Administración de la Dirección Red de Salud San Juan de Lurigancho y Director de Gestión de la Calidad del Hospital Dos de Mayo del Ministerio de Salud, respectivamente; sin embargo dado que las asignaciones respectivas no operaron resulta conveniente dejar sin efecto las mismas, de acuerdo a la evaluación efectuada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, de acuerdo con el Informe de visto, corresponde dejar sin efecto las asignaciones de los Gerentes Públicos a los diversos cargos del Ministerio de Salud dispuestas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017- 2009-ANSC-PE; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024 y el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; En uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Gerentes Públicos y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto con efi cacia desde el 2 de octubre de 2009, la asignación del Gerente Público al cargo de Director Ejecutivo de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud V Lima Ciudad dispuesta por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2009/ANSC- PE. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la asignación de los Gerentes Públicos a los cargos de Director de Administración de la Dirección Red de Salud San Juan de Lurigancho y Director de Gestión de la Calidad del Hospital Dos de Mayo dispuesta por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2009/ANSC-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 414580-1 Disponen la publicación del proyecto de Reglamento del Tribunal del Servicio Civil en la web institucional RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 059-2009-ANSC-PE Lima, 26 de octubre de 2009. VISTO: el Informe Legal Nº169-2009-ANSC/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como Organismo Técnico Especializado rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, estableciéndose entre su estructura al Tribunal del Servicio Civil (en adelante el Tribunal) cuya función es la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema; Que, el último párrafo del artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1023 establece que por Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo Ministros, previa opinión favorable de la Autoridad, se aprobarán las normas de procedimiento del Tribunal; Que, de otro lado, en virtud del inciso 1 del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo caso excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha elaborado el proyecto de Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, por lo que resulta necesario disponer la publicación de dicho proyecto, su exposición de motivos, la descripción de los temas que involucra, el plazo para la recepción de comentarios así como la persona encargada de recibirlos, conforme lo dispone el 14º del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, a fi n que las personas interesadas formulen comentarios sobre el particular; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023 y el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer a partir de la fecha, la publicación, en la Web Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (www.servir.gob.pe), del proyecto de Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, su exposición de motivos así como la descripción de los temas que involucra, a fi n que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta. Artículo Segundo.- Los comentarios que cualquier ciudadano o persona jurídica considere pertinente alcanzar, deberán remitirse al Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, al siguiente correo electrónico: oaj_tribunal@servir.gob.pe y serán recibidos durante 15 días calendario contados desde la fecha de la publicación a que alude el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Presidenta Ejecutiva 414580-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez titular de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 355-2009-CE-PJ Lima, 26 de octubre de 2009 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el señor Roger William Ferreira Vildozola, Juez titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien venía desempeñándose como Juez Provisional de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, con certifi cación de fi rma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Roger William Ferreira Vildozola hace de conocimiento que estando a lo publicado en Diarios de la Capital sobre supuesta conducta disfuncional y a fi n de que su permanencia en el cargo no comprometa la respetabilidad de la institución, sin admitir responsabilidad disciplinaria, formula renuncia al Poder Judicial, solicitando que la misma se haga efectiva a partir del 21 de octubre del presente año;