Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2009 (29/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

405261

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan vigencia de lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 123-2009/MDSJM y precisan lo dispuesto en el articulo tercero
DECRETO DE ALCALDIA N° 000016-2009-MDSJM-A San MORDAZA de Miraflores, 27 de octubre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO: El Informe Nº 001-2009-CTMM-GM-MDSJM, evacuado por la Comision Tecnica Mixta de Mercados, de fecha 28 de octubre de 2009 y el Informe Nº 1012-2009GAJ-MDSJM, de fecha 27 de octubre del 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 000123-2009/MDSJM, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores aprobo la dacion de un Beneficio Tributario para el cumplimiento del pago de Arbitrios Municipales de los mercados y/o centros de abastos ubicados dentro del distrito de San MORDAZA de Miraflores; Que, la Unica Disposicion Final de la Ordenanza Nº 000123-2009/MDSJM, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda prorrogar el plazo de vigencia de dicha Ordenanza, asi como para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de dicho MORDAZA legal; Que, en ese sentido, a efecto de lograr que la gran mayoria de los contribuyentes, cuyo predio tenga como uso MORDAZA y/o Centro de Abastos, cumplan con el pago de sus arbitrios municipales es necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 000123-2009/MDSJM hasta el 16 de Noviembre del 2009; Que, asimismo es necesario realizar precisiones con respecto a los incentivos y requisitos para el pago de los arbitrios Municipales de los ejercicios 2007, 2008 y 2009 dispuestos en el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 000123-2009/MDSJM; Que, en uso de las facultades conferidas por la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 000123-2009, el Articulo 20º y 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR la vigencia dispuesta en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 123-2009/MDSJM, hasta el dia 16 de Noviembre del 2006; Articulo 2º.- PRECISAR en el articulo tercero de la Ordenanza Nº 123-2009/MDSJM, publicada con fecha 03 de octubre del 2009, que en caso que el contribuyente, cuyo predio tenga como uso MORDAZA y/o Centro de Abastos, MORDAZA cumplido con cancelar los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2006, este podra cancelar la totalidad de la deuda tributaria determinada para los arbitrios municipales de los ejercicios 2007, 2008 y 2009 tomando como referencia el monto cancelado en el ejercicio 2006 sin incluir intereses ni moras; Articulo 3º.- PONER a conocimiento del Concejo Municipal los alcances del presente Decreto, el cual entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Informatica y Estadistica, el presente Decreto de Alcaldia para su cumplimiento. POR TANTO: Registrese, comuniquese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 415578-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA
Autorizan viaje del MORDAZA para asistir en calidad de pasante al evento "Pasantia a MORDAZA de MORDAZA Metropolis - Brasil"
ACUERDO DE CONCEJO N° 110-2009-MPU/CM Bagua Grande, 12 de octubre de 2009. EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE UTCUBAMBA. VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07 de octubre de 2009, el Oficio Circular N° 051- 2009-MPU/ A cursado por el MORDAZA Provincial de MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local que por mandato constitucional gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, reformado por Ley N° 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27619, regula la Autorizacion de Viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece en su Articulo 2º que "...la autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion..."; Que, el inciso 11) del Articulo 9º de la -Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, senala que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario"; Que, mediante el documento de Visto, el MORDAZA Provincial de MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, invita al MORDAZA Provincial de Utcubamba a participar de una visita a la MORDAZA de MORDAZA Petropoli- Estado Rio Grande Do Sul- Brasil, la misma que tiene por finalidad propiciar intercambio de experiencias en estrategias de recaudacion tributaria, desarrollo turistico, sistema educativo y otros a nivel municipal y empresarial. Que, de acuerdo a los intereses de la Municipalidad y a la politica progresista de la presente gestion, se estima que la participacion del MORDAZA Provincial de Utcubamba en este conclave internacional, redundara en beneficio de la poblacion de la Provincia, toda vez que permitira asimilar nuevos conocimientos, experiencias y estrategias, acorde a la expectativa y necesidad actuales y ser aplicados en el ejercicio de una cada dia mas eficiente labor de gobierno municipal. Siendo que los acuerdos de Concejo Municipal son decisiones, que toma el Concejo referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; en uso de las facultades conferidas en el articulos 9° inciso 35 de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley N° 27972; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa de tramite de aprobacion de acta;

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