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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (29/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405252 Corte Superior han solicitado el apoyo del personal, con el propósito que efectúen labores de tipo jurisdiccional dada la sobrecarga procesal y la carencia de personal que las referidas judicaturas presentan; asimismo, mediante Ofi cio Nº 549-2009-LCAC-P-CGIAOJA-CSJLI/PJ, propone ampliar las funciones del Grupo de Apoyo Itinerante a efectos puedan también efectuar labores jurisdiccionales; Que, considerando el défi cit de personal que afronta la Corte Superior de Justicia de Lima y que el personal del grupo itinerante se encuentra capacitado para realizar labores de carácter jurisdiccional, estando integrado por estudiantes, egresados, bachilleres y profesionales en Derecho, resulta atendible el pedido formulado por el Presidente de la Comisión del Grupo Itinerante de Apoyo a los Órganos Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiendo emitir la resolución administrativa correspondiente, a fi n de viabilizar la propuesta aprobada y coadyuvar de esta manera en la labor de los Magistrados de esta Corte Superior; Por los fundamentos indicados, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el inciso 19 del artículo 96º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR las funciones del personal itinerante integrante de la Comisión del Grupo de Itinerante de Apoyo a diversos órganos jurisdiccionales, a fi n que realicen labores jurisdiccionales según los requerimientos de las diversas judicaturas. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente de la Comisión Itinerante de Apoyo a los Órganos Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior, la expedición de una directiva que reglamente la ampliación de funciones dispuesta en el artículo anterior. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Ofi cina de Administración, de la Ofi cina de Personal y de la Comisión del Grupo Itinerante de Apoyo a los diversos órganos jurisdiccionales. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente SALVADOR PECEROS PÉREZ LUCIANO CUEVA CHAUCA ARACELI DENYSE BACA CABRERA 415612-1 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen expedir títulos de Jueces Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de Madre de Dios y Ayacucho RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 601-2009-CNM Lima, 16 de octubre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 7017-2009-CE-PJ del 28 de setiembre de 2009, remitido por el Presidente encargado del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Ofi cio Nº 7017-2009-CE-PJ del 28 de setiembre de 2009, remite fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 310-2009-CE-PJ del 21 de setiembre de 2009, que declara fundada la solicitud de permuta disponiéndose el traslado del señor John Rosel Hurtado Centeno, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, y del señor Tony Rolando Changaray Segura, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión del 15 de octubre de 2009, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JOHN ROSEL HURTADO CENTENO, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Segundo.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor TONY ROLANDO CHANGARAY SEGURA, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. Tercero.- Expedir el título a favor del doctor JOHN ROSEL HURTADO CENTENO, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. Cuarto.- Expedir el título a favor del doctor TONY ROLANDO CHANGARAY SEGURA, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Quinto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Presidente 414293-1 Declaran que título otorgado a Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Huaura ha recobrado su vigencia y disponen su reincorporación RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 602-2009-CNM Lima, 16 de octubre de 2009