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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405255 Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 366,18 Viáticos US$ 1 100,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 415255-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Red de Salud Chachapoyas, Hospital “María Auxiliadora” de Rodríguez de Mendoza y la Sede de la Dirección Regional de Salud Amazonas ORDENANZA REGIONAL N° 243 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de setiembre del 2009, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, corresponde al Consejo Regional normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a”, de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. “a” del Art. 37º y el Art. 38º del acotado cuerpo normativo; en consecuencia es de su competencia aprobar los documentos de gestión de las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional Amazonas para su promulgación por el Ejecutivo; Que, la Dirección Regional de Salud Amazonas, ha solicitado al Gobierno Regional la aprobación de su Cuadro para Asignación de Personal - CAP actualizado, el mismo que ha sido modifi cado en función a lo ordenado por el Poder Judicial, sobre la reubicación de las actoras SUSANA MADELEINE SOTO VALLE, de Técnico Administrativo con Categoría Remunerativa “STD” a categoría remunerativa “STA”, de la Dirección Regional de Salud de Amazonas. De igual manera el cargo de servicio I, categoría remunerativa “SAA”, incorporar al cargo de Artesano I categoría remunerativa “STE” perteneciente a la servidora SOFÍA COLLAZOS TUNJAR, del Hospital “María Auxiliadora” de la provincia de Rodríguez de Mendoza; para tal efecto, es necesario la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP del Hospital “María Auxiliadora” y, de la sede de la Dirección Regional de Amazonas; Que, el Informe Nº 027-2009-GRA/DRSA/DEISPE- OPYDI, el coordinador Regional de la Ofi cina de Planifi cación y Desarrollo Institucional de la Dirección Regional de Salud de Amazonas, sustenta las razones por las que se debe modifi car además, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Red de Salud de Chachapoyas, habilitando dos (02) plazas previstas a plazas ocupadas, como son: El cargo de Cirujano Dentista I de la Microrred de Molinopampa y, el cargo de Nutricionista II de la Dirección Regional de Salud de Amazonas, contando ambas plazas con opinión técnica favorable de tener disponibilidad presupuestal. Además se está subsanando el Cuadro para Asignación de Personal – CAP vigente, al considerar dos (02) plazas de los cargos de Médico II y Obstetriz II, en la Ofi cina de Salud Pública e Inteligencia Sanitaria de la Red de Salud Chachapoyas; Que, las modifi caciones efectuadas al Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Red de Salud Chachapoyas, Hospital “María Auxiliadora” de Rodríguez de Mendoza y de la Sede de la Dirección Regional de Salud Amazonas, se encuentran enmarcadas dentro de la norma vigente, toda vez que cumplen con los requisitos exigidos por la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público, el Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y el artículo 28º, Inc. c) del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, así como el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Por lo que estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional N° 15, mediante Acuerdo N° 020-2009 de fecha 22 de setiembre del 2009, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art° 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modifi catoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de la Red de Salud Chachapoyas, Hospital “María Auxiliadora” de Rodríguez de Mendoza, y la Sede de la Dirección Regional de Salud Amazonas, que en 72 folios y 03 anillados respectivamente, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 218 - Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 29 de agosto del año 2008, en el extremo de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de la Dirección Regional de Salud Amazonas – DIRESA; DEJAR sin efecto Ordenanza Regional Nº 194 – Gobierno Regional Amazonas /CR, de fecha 22 de noviembre del año 2007, en el extremo de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, de la Red de Salud Chachapoyas, DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 197 – Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 29 de noviembre del año 2007, en el extremo de aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP del Hospital “María Auxiliadora” de Rodríguez de Mendoza. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 24 días del mes de setiembre del año dos mil nueve. JOSE SANTOS RAMIREZ ZEGARRA Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 414775-1