Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (29/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405256 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Declaran de interés regional la adquisición de bienes y servicios ofertados por la MYPE, Asociaciones y Gremios de Productores, Empresas Comunales y Profesionales Independientes constituidos en la Región, por parte de las instituciones del Estado ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2009-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado modifi cado por Ley Nº 28607 concordante con el artículo 2° de la ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; - Que, el artículo 6° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, concordante con el artículo 10° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como competencias compartidas de los Gobiernos Regionales, la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente; - Que, según el artículo 16° del Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE, señala que las MYPE participan en las contrataciones del Estado de acuerdo con la normativa vigente. Las Entidades del Estado deberán programar no menos del cuarenta por ciento (40%) de sus contrataciones para que sean atendidas por las MYPE. En las contrataciones de bienes y servicios, las Entidades del Estado prefi eren a las de las MYPE cuando cumplan con las especifi caciones técnicas establecidas en las bases de los procesos de contratación y sean ofertados en condiciones similares de calidad, oportunidad y precio. Igualmente, se dará preferencia a las MYPE de la región o localidad del lugar donde se realicen las compras estatales, respecto de los bienes y servicios que puedan ser suministrados por las MYPE regionales o locales, siempre que cumplan con las especifi caciones técnicas establecidas en las Bases y sean ofertados en condiciones similares de calidad, oportunidad y precio; - Que, según el artículo 78° del Reglamento de la Ley MYPE; los Gobiernos Regionales en coordinación con los Gobiernos Locales crean en cada Región un Consejo Regional de la MYPE, con el objetivo de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en su ámbito geográfi co así como su articulación con los planes y programas nacionales; - Qué, el artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 1017 con el que se aprueba la Ley y Reglamento de las Contrataciones del Estado indica, que, “No se considera fraccionamiento a las contrataciones por etapas, tramos, paquetes o lotes posibles en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las pequeñas y micra empresas en aquellos sectores económicos donde exista oferto competitiva”; - Que, al año 2008 en la jurisdicción del Gobierno Regional Cajamarca, se cuenta con 25334 empresas formales, de las cuales 26 se ubican en la Gran Empresa, 123 en la mediana empresa, 8895 en la pequeña empresa y 16290 en el sector micra empresarial. Así mismo Cajamarca ocupa el segundo lugar en el ranking nacional de departamentos con 18 empresas certifi cadas con ISO 9001; y el primer lugar a nivel nacional con 50 empresas certifi cadas en Organización. Ello evidencia la capacidad de brindar bienes y servicios de alta calidad, cumpliendo normas tributarias, laborales y de gestión comercial responsable; - Que, la jurisdicción del Gobierno Regional Cajamarca ha sido considerada como la Segunda Región del interior del País con mayor número de Micro y Pequeñas Empresas, las cuales generan el 73% del empleo regional; - Que, el Gobierno Regional Cajamarca en el año 2007 fue considerada como la cuarta Región a nivel nacional con el 68.41% de presupuesto (68.41 millones de soles) adjudicado a la Micro y Pequeña Empresa, mientras que para el año 2008 se ubica en el segundo lugar con el 68.19% (158.92 Millones de soles); siendo las Regiones Pasco (con el 73.52%) y Huancavelica (con el 71.82%) las que ocupan el primer lugar en los años 2007 y 2008 respectivamente; - Que, con los esfuerzos aunados entre los tres niveles de Gobierno se ha logrado colocar a Cajamarca como la segunda región a nivel nacional en compras a la Micro y Pequeña Empresa con un 69% del total de adquisiciones estatales, equivalentes a un valor de 159 millones de soles facturados durante el año 2008 de un total de 233 millones; - Que, el contexto de crisis internacional ha motivado el diseño e implementación del Plan Nacional de Estimulo Económico así como el Plan Regional Anti Crisis, los mismos que consideran como factores claves para hacer frente a los impactos de la crisis: la aceleración de la inversión pública y fl exibilización de procesos para agilizar las compras estatales; - Que, es necesario promover condiciones para generar más oportunidades de empleo local a través de las compras estatales, con garantías de transparencia y pluralidad de las convocatorias así como la seriedad y calidad de los bienes y servicios que se entreguen al estado; - Que, mediante Dictamen Nº 002-2009-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Económico, de fecha 28 de setiembre del año 2009, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional propuesto por el Gerente Regional de Desarrollo Económico, Ing. Celestino Machuca Vílchez, referente a la Promoción de las compras estatales en medianas y pequeñas empresas; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de octubre del año 2009; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el voto unánime el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional la adquisición de Bienes y Servicios ofertados por la MYPE, Asociaciones y Gremios de Productores, Empresas Comunales y Profesionales Independientes (MYPE) constituidos en la jurisdicción de la Región Cajamarca; por parte de las instituciones del Estado en la Región Cajamarca. Artículo Segundo.- DISPONER que las Instituciones del Estado en la jurisdicción del Gobierno Regional Cajamarca deben considerar mecanismos que faciliten la participación de la Micro y Pequeña Empresa en los expedientes de contratación respectivos.