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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (22/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de setiembre de 2009 403010 Autorizan viaje del Viceministro de Hacienda a Turquía y al Reino de España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2009-EF Lima, 21 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el señor José Berley Arista Arbildo, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Estambul, República de Turquía, del 3 al 7 de octubre de 2009, para asistir a las Reuniones Anuales del Grupo del Banco Mundial (BM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI) y a la ciudad de Madrid, Reino de España, los días 8 y 9 de octubre de 2009, para participar en la reunión del Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Que, las mencionadas reuniones anuales se centrarán en las perspectivas económicas mundiales, la erradicación de la pobreza, el desarrollo económico y la efi cacia de la ayuda internacional; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir con cargo a su presupuesto los gastos no cubiertos por el Banco Mundial (BM); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor José Berley Arista Arbildo, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, a las ciudades de Estambul, República de Turquía y Madrid, Reino de España, del 3 al 10 de octubre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución no cubiertos por el Banco Mundial (BM), serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1 040,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 400361-6 Designan representantes del Ministro de Economía y Finanzas para las negociaciones de convenios para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2009-EF/10 Lima, 21 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno fomentar el empleo a través de la atracción de la inversión nacional y extranjera, evitando sobre costos al inversionista, como es la doble tributación; Que, a la fecha se encuentran vigentes los Convenios para evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en relación con el Impuesto a la Renta y el Patrimonio celebrados con los Gobiernos de la República de Chile, Canadá y Brasil; Que, se encuentran en proceso de negociación los Convenios para evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal con Tailandia, Francia, Suecia, Suiza, Italia y Reino Unido; Que, asimismo existen diversas solicitudes de países para la negociación de un Convenio para evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal con el Perú, las cuales pueden incrementarse en el futuro; Que, es necesario conformar un equipo que se encargue de las citadas negociaciones, en el que, dada la naturaleza de la materia, deberán participar la Dirección General de Política de Ingresos Públicos y la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, para efectos del análisis técnico tributario y en materia de inversiones, respectivamente; así como la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, especialmente para los temas vinculados con sus funciones; Que, el Decreto Ley Nº 25883 autoriza al Ministro de Economía y Finanzas a negociar y suscribir con terceros países, en representación del Gobierno Peruano, convenios bilaterales para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria; Que, al amparo de la norma citada es necesario designar a los representantes del Ministro de Economía y Finanzas, a efecto que intervengan en dichas negociaciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25883; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como representantes del Ministro de Economía y Finanzas, a efectos de intervenir en las negociaciones, así como en los asuntos relacionados con la suscripción y aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal, a las siguientes personas: - El Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas y un (1) miembro de la citada Dirección, designado por el Director General; - El Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos y tres (3) miembros de la citada Dirección, designados por el Director General; - Dos (2) funcionarios de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria designados por el Superintendente Nacional de Administración Tributaria. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 501-2003-EF/15, su modifi catoria la Resolución Ministerial Nº 439-2005-EF/10, y las Resoluciones Ministeriales Nºs 280-2004-EF/10, 009-2004-EF/10, 010- 2006-EF/10, 130-2006-EF/10 y 633-2006-EF/10. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 400360-1