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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (22/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de setiembre de 2009 403023 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 227-09-IPEN/PRES Lima, 21 de setiembre de 2009 VISTO: El memorándum Nº 071-09-PRES, de fecha 21 de setiembre de 2009, sobre designación de cargo de confi anza. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Nivel D-3, del Instituto Peruano de Energía Nuclear; Que, es necesario designar a la persona que desempeñe dicho cargo; De conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y los artículos 9º y 10º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo No. 062-2005-EM; Con el visto de la Directora Ejecutiva y Directora de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al señor Walter Wilfredo Poma Torres, en el cargo de confi anza de Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, nivel D-3, del Instituto Peruano de Energía Nuclear. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto el artículo segundo de la Resolución de Presidencia Nº 219-09- IPEN/PRES, de fecha 16 de setiembre de 2009. Artículo Tercero.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 400030-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a Balanzas Mercedes S.A.C. con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 2018-2009-TC-S4 Sumilla: Es pasible de sanción el postor que presenta documentos falsos y/o inexactos a la Entidad, entendiéndose por tales aquellos que contengan declaraciones o manifestaciones que no sean concordantes con la realidad, produciendo una alteración de ella, con infracción de los principios de moralidad y presunción de veracidad que las amparan. Lima, 17 de setiembre de 2009 Visto, en sesión de fecha 16 de septiembre de 2009 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Expediente N° 915/2009. TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra BALANZAS MERCEDES S.A.C., por su supuesta responsabilidad en la presentación de documentación falsa y/o información inexacta; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Mediante Resolución Nº 022-2009-TC-S4 del 07 de enero de 2009, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa HW KESSEL S.A.C. contra el otorgamiento de la buena pro del ítem Nº 9 de la Licitación Pública Nº 001- 2008/G.R.TACNA, convocada para la adquisición de equipos de laboratorio. Asimismo, descalificó la propuesta de BALANZAS MERCEDES S.A.C., en adelante el Postor, y dispuso abrir expediente de aplicación de sanción en su contra por su presunta responsabilidad en la presentación –como parte de su propuesta técnica- de la Declaración Única de Aduanas Nº 235-2008-10- 140523-01-0-00, supuestamente falso y/o inexacto; infracción establecida en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-EF, en adelante el Reglamento. 2. Mediante decreto de fecha 05 de marzo de 2009, el Tribunal inició procedimiento administrativo sancionador al Postor, imputándole responsabilidad por presentar documentos falsos y/o inexactos, y le requirió que en el plazo de diez (10) días hábiles cumpla con presentar sus descargos, bajo apercibimiento de resolver el procedimiento con la documentación obrante en el expediente. 3. Mediante decreto de fecha 04 de mayo de 2009, se dispuso la notificación del decreto de inicio de procedimiento sancionador vía publicación en el Diario Oficial “El Peruano” al ignorarse domicilio cierto del Postor. Cabe precisar que el mencionado aviso fue publicado el 07 de agosto de 2009 (folio 37 del expediente administrativo). 4. Atendiendo a que mediante Resolución Nº 102- 2009-OSCE/PRE del 01 de abril de 2009, ampliada por Resolución Nº 110-2009-OSCE/PRE del 14 de abril de 2009, se asignó a la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado competencia para conocer los procedimientos administrativos sancionadores a partir del 15 de abril de 2009, mediante decreto de fecha 27 de mayo de 2009, se remitió el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal a fin que emita pronunciamiento. FUNDAMENTACIÓN: 1. El presente procedimiento administrativo sancionador ha sido iniciado a causa de la imputación formulada contra la empresa BALANZAS MERCEDES S.A.C., referida a la presentación de documentación falsa o inexacta en el ítem Nº 9 de la Licitación Pública Nº 001-2008/G.R.TACNA, convocada para la adquisición de equipos de laboratorio. 2. En ese sentido, considerando que la presentación de propuestas se llevó a cabo el 04 de setiembre de 2008, la determinación de la presente