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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (06/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de abril de 2010 416686 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en la Reunión del ARCO que se llevará a cabo en Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2010-MINCETUR Lima, 5 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Décima Reunión del Grupo de Trabajo de Convergencia e Integración Comercial de la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano - ARCO, se llevará a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 14 y 15 de abril de 2010, con el objeto de avanzar en el cumplimiento del mandato estipulado en la última Declaración Ministerial del Foro, de iniciar las negociaciones para la acumulación de origen entre los países participantes así como avanzar los temas de obstáculos técnicos al comercio, medidas sanitarias y fi tosanitarias, a fi n de que el resultado fi nal de las negociaciones sea integral; Que, en la última Reunión Ministerial del ARCO, llevada a cabo en la ciudad de Puerto Vallarta, en noviembre 2009, el Perú manifestó su interés de avanzar de manera paralela el proceso de integración comercial en los temas tratados por el referido Grupo de Trabajo; en tal sentido, los subgrupos de trabajo de reglas de origen, obstáculos técnicos al comercio y medidas sanitarias y fi tosanitarias sesionarán de manera simultánea; Que, el Perú está a cargo de la Secretaría Pro Tempore del Foro durante el año en curso y será sede de la próxima Reunión Ministerial, donde se presentarán los resultados de las reuniones de los Grupos de Trabajo del Foro; siendo el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la entidad que coordina la participación del Perú en el marco de dicha Iniciativa; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Edgar Vásquez Vela y Waldy Goy Bejarano Baldeón, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Santiago, para que en representación del MINCETUR participen en dicho Foro; Que, el MINCETUR es competente para determinar la estrategia y conducción de las negociaciones de la Agenda Comercial en el marco de los esquemas de Integración y los foros de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 001- 2010, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores Edgar Vásquez Vela y Waldy Goy Bejarano Baldeón, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 13 al 16 de abril de 2010, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la Reunión del ARCO a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 078,39 x 2) : US$ 2 156,78 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días x 2) : US$ 1 200,00 Tarifa CÓRPAC (US$ 31,00 x 2) : US$ 62,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará al Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asímismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 476782-5 ECONOMIA Y FINANZAS Establecen número de salas y conformación del Tribunal de Contrataciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 099-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es el órgano encargado de resolver las controversias originadas en materia de contratación pública, así como de aplicar sanciones a proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y entidades que contravengan la normativa de contratación del Estado; Que, el artículo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, señala que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se establecerá la conformación y el número de salas del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, como producto del concurso público organizado y conducido por la Comisión Multisectoral, constituida mediante Resolución Suprema Nº 062-2010-PCM, se designó a doce (12) profesionales como vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, por Resolución Suprema Nº 044-2010-EF; Que, es necesario establecer la conformación y el número de salas del citado Tribunal, lo cual contribuirá al cumplimiento de sus funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Composición y salas Establézcase que el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene cuatro (4) salas. Cada sala está conformada por tres (3) vocales. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 476782-1