Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2010 (06/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

416702

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2010

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA el traslado de oficina especial ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 3022-2010
MORDAZA, 29 de marzo de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA, para que se le autorice el traslado de una (01) oficina especial ubicada en el distrito, provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para el traslado de la citada oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B", mediante el Informe Nº 952010-DSM"B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion Nº 7752008 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA el traslado de la oficina especial ubicada en MORDAZA Tacna Nº 697 (2º, 3º y 4º piso), distrito, provincia y departamento de Piura; a su MORDAZA local ubicado en MORDAZA MORDAZA Nº 640 oficina Nº 109, distrito, provincia y departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas

Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Memorandum Nº 2102010-GAT/GM/MDI, sobre BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS 2010 "PONTE AL DIA Y GANA" a favor de los contribuyentes del Distrito de Independencia, la misma que tiene por finalidad el sinceramiento de la base tributaria, disminuir los indices de morosidad, incentivar una cultura de pago oportuno del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y el otorgamiento de facilidades para su participacion dentro del Sistema de Premiacion y Reconocimiento al Vecino de Independencia Puntual. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 74º, 194º y numeral 4) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el numeral 9) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante Ordenanzas pueda crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion conforme a Ley; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra; Que el articulo 60 del Decreto Supremo 156-2004 EF, "Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal", establece que las Municipalidades crean, modifican, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fija la Ley. Estableciendose entre sus normas generales en inciso a) La creacion de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza. E inciso b) para la supresion de tasas y contribuciones las municipalidades no tiene ningun limite legal. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por Mayoria la siguiente:

"ORDENANZA DE "BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS 2010 PONTE AL DIA Y GANA"
Articulo 1º.- Establecer un regimen de excepcion para el pago voluntario de las deudas tributarias y no tributarias, cuyo acreedor es la Municipalidad de Independencia; el regimen de excepcion comprende a las deudas generadas hasta el ano 2010, que se encuentre en cualquier instancia del MORDAZA de cobranza. Articulo 2º.- Disponer la aplicacion de los siguientes beneficios tributarios: A. Para el Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas. - Condonacion del 100% del Factor de Ajuste y de los Intereses Moratorios, para el Impuesto Predial. - Condonacion del 100% de los Intereses Moratorios para los Arbitrios Municipales. - Condonacion del 100% del Factor de Actualizacion para las Multas Administrativas B. Adicionalmente por Arbitrios Municipales de anos anteriores, se dispone:

476367-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen regimen de excepcion para el pago voluntario de deudas tributarias y no tributarias que comprende deudas generadas hasta el ano 2010
ORDENANZA Nº 0207-MDI
Independencia, 30 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

Periodo Pago al Contado Deuda generada por - Condonacion anos anteriores hasta del 50% el periodo 2006. del monto insoluto.

Pago Fraccionado - Condonacion del 25% del monto insoluto.

C. Adicionalmente por las Multas Administrativas, se dispone

Periodo Pago al Contado Impuestas hasta el 31 - Condonacion de diciembre de 2006 del 50% del monto insoluto Impuestas durante el - Condonacion periodo 2007 y 2008 del 40% del monto insoluto Impuestas durante el - Condonacion del 30% del periodo 2009 hasta el monto insoluto. 31 / MAR / 2010.

Pago Fraccionado - Condonacion del 40% del monto insoluto - Condonacion del 30% del monto insoluto - Condonacion del 20% del monto insoluto.

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