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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418230 sociedad civil en el proceso de programación participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales; Que resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones, derechos; así como establecer el cronograma mínimo para el desarrollo de las acciones del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el año 2011; Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9° inciso 14) de la Ley N° 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; De conformidad con lo establecido en los artículos 9° numerales 8) y 14), 39° y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011 TITULO I OBJETO Y FINES Artículo 1°.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimiento a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil, participan en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2011. Artículo 2°.- La fi nalidad de la presente Ordenanza es la de recoger las necesidades de los vecinos Chorrillanos y plasmarlas en forma prioritaria, dentro del programa de Inversión Municipal, y su consiguiente ejecución. TITULO II DEFINICIONES BASICAS Artículo 3°.- Para efectos de la presente norma se entenderá por: a) Presupuesto Participativo: El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado – Sociedad, mediante el cual se defi ne las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Chorrillos, los miembros del Concejo Municipal de Chorrillos, los representantes de la Sociedad Civil debidamente identifi cados y acreditados y los representantes de las entidades y acreditados y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del Distrito de Chorrillos designados para este fi n. Integran también, los Agentes Participantes un Equipo Técnico De soporte del Proceso designado por el Alcalde, quienes participan con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro de ámbito local tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones e instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. d) Equipo Técnico: Conformado por los profesionales y técnicos de la Municipalidad de Chorrillos designados por el Alcalde. Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso del Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo de armonizar la realización de Acciones de Capacitación a los agentes participantes. e) Objetivos del Presupuesto Participativo.- El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos : • Mejorar la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos. • Reforzar la relación entre el estado y la Sociedad. • Fijar prioridades en la Investigación Pública. • Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar. • Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del Presupuesto y fi scalización de la Gestión. f) Talleres de Trabajo.- Son las reuniones convocadas por el Alcalde en las cuales se analizan los problemas y potencialidades y se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Son de dos tipos: de Diagnostico Temático y territorial y de Defi nición de Criterio de Priorización. g) Delegado de una Organización.- Es la persona natural designada por su organización para participar y representarla en el Proceso de programación del Presupuesto Participativo del año 2011. TITULO III AGENTES PARTICIPANTES, EQUIPO TÉCNICO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN Artículo 4°.- Constituyen Agentes Participantes del Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Chorrillos: • Los Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, quienes participan con voz y voto. • Los representantes de la Sociedad Civil, organizada y no organizada, debidamente inscritos, quienes participarán con voz y voto • Los representantes de las entidades del Gobierno Nacional y Regional designados para desarrollar acciones en la jurisdicción, quienes participan con voz y sin voto. • Los miembros del Equipo Técnico del proceso, quienes participan con voz y sin voto. Los Agentes participantes actuarán en todas las etapas del proceso de acuerdo al cronograma establecido en la presente Ordenanza. Artículo 5°.- El Equipo Técnico del Proceso Participativo está integrado por: • Gerente Municipal, quien lo presidirá • Gerente de Planeamiento y Presupuesto • Subgerencia de Participación Vecinal y Proyección Social • Gerente de Obras y Desarrollo Urbano • Gerente de Administración y Finanzas Artículo 6°.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Proyección Social, dará inicio a la inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil que deseen participar en este Proceso Participativo. Las mismas que deberán presentar las documentación Unidad de Trámite Documentario y Archivo. Los requisitos para la inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil son los siguientes: • Solicitud de inscripción.