Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2010 (30/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2010

en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Su estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional como organo consultivo; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del articulo 7º del Reglamento Interno del Consejo son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 38° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, segun prescribe el literal c) del Articulo 35° literal c) de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su organizacion interna y presupuesto institucional, conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, prescribe que los lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los Documentos de Gestion Institucional, como el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) Organigrama Estructural y las funciones de los organos operativos de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional; La Direccion Sub Regional Agraria de Andahuaylas (Unidad Ejecutora 101), es una Unidad Organica que se rige por la Ley Nº 28926, que mediante su articulo 2º, modifica la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; manteniendo las funciones especificas a su cargo del sector correspondiente en el ambito de las provincias de Andahuaylas y Chincheros; Que, con Oficio Nº 110-2009-GR/AP-DSRA-AND-D, de fecha 1º de MORDAZA del 2009, la Direccion Sub Regional Agraria de Andahuaylas solicita la aprobacion de los Documentos de Gestion Institucional, entre otros, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Organigrama Estructural de dicha Institucion, igualmente mediante Oficio Nº 304-2009-GR/AP-DSRAAND-D, de fecha 14 de setiembre del 2009, el Director de la citada dependencia hace llegar el sustento tecnico a traves del Informe Nº 012-2009-GR/AP-DRA-D, para su evaluacion y decision final, y reitera la aprobacion de los documentos de gestion institucional de la citada Direccion, contando para tal efecto con opinion de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadistica e Informatica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia General del Gobierno Regional de Apurimac. En merito a sus atribuciones, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de MORDAZA ha emitido el Dictamen correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a los Articulos 9º, 15º y 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modificatorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Regional de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Sub Regional Agraria de Andahuaylas, que comprende 07 Titulos, 06 Capitulos, 66 Articulos, 05 Disposiciones Complementarias y Transitorias y 03 Disposiciones Finales; y el Organigrama Estructural, donde se reflejan los organos y/o dependencias estructurados conforme al Anexo correspondiente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Direccion Sub Regional Agraria de Andahuaylas, la implementacion de la presente Ordenanza Regional.

Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, el Diario Judicial de la Region y en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los veinticinco dias del mes de febrero del ano dos mil diez. RILDO MORDAZA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Apurimac. AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 486920-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban que AFOCAT La Primera emita Certificados Contra Accidente de MORDAZA para vehiculos motorizados de Transporte Terrestre
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 14 de enero del 2010, ha tratado, debatido y aprobado por mayoria la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional. Que, el articulo 56º inciso g) de la Ley Nº 27867, prescribe como funcion especifica en materia de transportes, autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestacion de servicios de transporte interprovincial dentro del ambito regional, en coordinacion con Gobiernos Locales; articulo 71º; senala que en el caso de existir continuidad con regiones colindantes, los servicios publicos regionales, deben ser gestionados por regimenes de gestion comun en base a los criterios de proporcionalidad a la demanda de servicios por atender y a los aportes financieros que cada organismo publico debe aportar.

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