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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (30/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418220 Aprueban Directiva “Uso de las Salas de Audiencias de la Corte Superior de Lima Norte” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 247-2010-CSJLN/PJ Independencia, veintiséis de abril de dos mil diez.- VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Mediante resolución nro. 97-2010-CSJLN/ PJ de fecha 02 de marzo del 2010 se dispuso la imperiosa necesidad de mejor la infraestructura de este Distrito Judicial Segundo: En virtud de dicho mandato se realizaron las siguientes acciones: Con relación a la ofi cina de ODECMA, que a enero del 2009 contaba, unido a CODICMA, con un área inoperante para el servicio que debía ofrecer aumentó en dimensiones otorgándosele más ofi cinas para el desarrollo de su gestión incrementado el área a 81 metros cuadrados; asimismo, se trasladó al Sétimo Juzgado de Familia, que estaba ocupando una zona de 26 metros cuadrados para que se situara en un espacio de 54 metros cuadrados; de la misma forma, en convenio con el Banco de la Nación, se modifi caron y extendieron las instalaciones de dicha entidad para implementar una agencia que en la actualidad brinda todos los servicios propios de una entidad bancaria se amplió el área de Psicología y el Sexto Juzgado de Familia se ha reforzado y extendido la Mesa Única de Partes y rediseñado el Juzgado de Comisaría para diferenciar nuestra actividad de la policial; se ha dotado de nuevos servicios al juzgado penal de turno para la permanencia más adecuada de los magistrados y trabajadores, incluyendo el establecimiento de servicios higiénicos y se ha trasladado al Primer y Segundo Juzgado Paz de Independencia a nueva edifi cación. A ese avance deben agregarse los estudios que se vienen efectuando para modifi car y/o ampliar los juzgados de paz de San Martín de Porres y Comas, el Módulo Básico de Justicia de Los Olivos, así como el análisis para el crecimiento vertical del Módulo Básico de Justicia de Condevilla y la creación del Módulo Básico de Justicia de Puente Piedra, vía CISAJ. Tercero: Asimismo, mediante Resolución de Presidencia Nº 209-2010-CSJLN / PJ, se ha dispuesto la remodelación de las Salas Superiores a fi n de: (i) reubicar a los trabajadores de la Primera y Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel, así como a los de la Segunda Sala Penal de Reos libres a ambientes más adecuados para el trabajo que efectúan; (ii) ampliar las instalaciones de la escribanía de la Salas Civiles; (iii) implementar una nueva ofi cina para los magistrados de la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel. Cuarto: Para llegar a ese cometido, la Sala de Audiencias, ubicada en ofi cina adyacente a la Segunda Sala Penal de Reos Libres, tuvo que convertirse en la Secretaría y Relatoría de las Salas Penales de Reos en Cárcel; a su vez, la Sala de Reuniones de Presidencia fue habilitada para transformarse, mientras dure el proceso de ampliación de la sede de la Corte, en Sala de Audiencias Penales. Quinto: En esa perspectiva, existiendo 8 Salas Superiores sólo existen 6 dependencias que pueden ser utilizadas como Sala de Audiencias, por lo que se hace necesario reglamentar su uso y establecer la distribución respectiva de éstas a fi n de evitar contratiempos entre los señores magistrados. Siendo ello así se hace necesario emitir la presente directiva cuyo contenido repara en la existencia de ambientes para las audiencias de las Salas Transitorias y en el hecho que las Salas Penales de Reos en Cárcel llevan la mayor parte de sus audiencias en los establecimientos penitenciarios. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90, incisos 3), 4) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia, SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR la Directiva Nro. 002- 2010-CSJLN/PJ denominada “Uso de las Salas de Audiencias de la Corte Superior de Lima Norte., que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo: PÓNGASE la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura y Ofi cina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente Corte Suprema de Justicia de Lima Norte DIRECTIVA NRO. 002-2010-P-CSJLN/PJ “USO DE LAS SALAS DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA NORTE” I .- OBJETO: Establecer un orden en el desarrollo de las audiencias en la Sede de la Corte por las Salas Penales y Civiles, estableciendo pautas con relación al ambiente infraestructura , ingreso. II.- FINALIDAD: Facilitar el desarrollo de las audiencias y mejorar el servicio de justicia a través de una gestión pública moderna y de calidad. III.- ALCANCE: La presente directiva es de cumplimiento obligatorio para todos las Salas Penales Permanentes Reos Libres y Transitorias así como las Salas de Reos en Carcel, y Salas Civiles. IV.- BASE LEGAL: Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial artículo 90. Resolución de Presidencia 210-2010-P-CSJLN/PJ. V.- VIGENCIA: La presente directiva entra en vigencia a partir del 10 de mayo del 2010. DISPONIBILIDAD DE LOS AMBIENTES Esta será distribuida de la siguiente manera: Primero: Las Salas Civiles realizarán sus audiencias en la Sala ubicada en el extremo izquierdo del edifi cio antiguo de la Corte, mirando a la avenida Carlos Izaguirre. Los Presidentes de las Salas Civiles realizarán las coordinaciones necesarias para efectuar sus audiencias y/o vistas en fecha y horario distinto, teniendo como norte brindar el mejor de los servicios a los justiciables. Está Sala será denominada SALA DE AUDIENCIA NRO. 1 Segundo: La Primera Sala Penal de Reos Libres efectuará sus audiencias en la Sala ubicada en el extremo derecho del edifi cio antiguo de la Corte, mirando a la avenida Carlos Izaguirre. La Sala se denominará SALA DE AUDIENCIA NRO. 2 Tercero: La Segunda Sala Penal de Reos Libres realizará sus audiencias en la Sala de Reuniones de Presidencia, que se llamará SALA DE AUDIENCIA NRO. 3 Cuarto: Las Salas Transitorias Penales desarrollarán sus audiencias en las oficinas adyacentes a dichas dependencias denominándose a la Sala Adjunta a la Primera Sala Transitoria, SALA DE AUDIENCIA NRO 4 , y a la adjunta a la Segunda Sala Transitoria, SALA DE AUDIENCIA NRO 5 VI.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera:Las Salas Penales de Reos en Cárcel cumplirán sus actuaciones judiciales en el Centro de Capacitación, debiendo los Presidentes de dicha dependencia efectuar las