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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (30/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418236 Rectifican error material en la Res. N° 814-2009/GM/MDSMP RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 188-2010-GM/MDSMP San Martín de Porres, 10 de marzo de 2010 VISTO: El Informe Nº 0278-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 02 de marzo de 2010, emitido por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas sobre rectifi cación de error material en la Resolución de Gerencia Municipal Nº 814-2009-GM/MDSMP de fecha 30 de diciembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, de la revisión efectuada a la Resolución de Gerencia Municipal Nº 814-2009-GM/MDSMP de fecha 30 de diciembre de 2009, se advierte en su segundo considerando y Artículo Segundo (cuadro de aportes reglamentarios) la existencia de error material, en cuanto al área del défi cit del aporte reglamentario por Recreación Pública, y en su Artículo Tercero respecto a la determinación de los lotes que constituyen garantía de dicho défi cit, al haberse consignado por error: “1,690.34 m2” y “lotes 2, 4, 6, 7, 11 y 20 de la Mz. A, lotes 11 al 14 de la Mz. B y lotes 18 al 22 de la Mz. D del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa”, cuando lo correcto es: “310.84 m2“ y ”lotes 15, 16 y 18 de la Mz. C del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa”, respectivamente; Que, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – 27444, los errores material o aritmético evidenciados en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, ya sea de ofi cio o a pedido de parte, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, debiendo observarse las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto administrativo a rectifi carse, y; Estando a lo previsto en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2009/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material advertido en el segundo considerando y Artículo Segundo (cuadro de aportes reglamentarios) de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 814-2009-GM/MDSMP de fecha 30 de diciembre de 2009, en cuanto al área del défi cit del aporte reglamentario por Recreación Pública, y en el Artículo Tercero respecto a la determinación de los lotes que constituyen garantía de dicho défi cit, debiéndose sustituir y considerar donde dice: “1,690.34 m2” y “lotes 2, 4, 6, 7, 11 y 20 de la Mz. A, lotes 11 al 14 de la Mz. B y lotes 18 al 22 de la Mz. D del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa”, como: “310.84 m2“ y ”lotes 15, 16 y 18 de la Mz. C del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa”, respectivamente. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la presente resolución en el Sistema Nacional de Registros, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán asumir los gastos para tales fi nes, dentro de los treinta (30) días hábiles de haber tomado válidamente conocimiento del citado acto administrativo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación del presente acto administrativo a las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANDRES ALCALDE ARIAS Gerente Municipal 486980-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban Plan de Desarrollo Concertado de la provincia de Cañete 2010-2021 ORDENANZA Nº 05-2010-MPC Cañete, 5 de abril del 2010 EL ALCALDE ( E ) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO; El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de marzo del 2010, el Informe Nº 001-2010-DFO-CPDC-MPC de fecha 12 de marzo REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL