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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (30/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418235 Estando a lo dispuesto en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, así como de conformidad a lo previsto en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 136-2009/MDSMP de fecha 19 de marzo de 2009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, denominada Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa, de Tipo de Habilitación B, propuesta y subsanada por las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán, para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 25,604.00 m2, constituida por la Parcela Nº 10228 del Fundo Santa Rosa, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de las citadas personas en el Asiento C00002 de la Ficha Nº 303553 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que deberá sujetarse al Plano de Lotización Nº 021-2009-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a las personas Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán para que, dentro de los doce (12) meses de notifi cado el presente acto administrativo, ejecute las obras necesarias para culminar con su Habilitación Urbana, como son la obra de agua potable, alcantarillado, veredas (aceras), pistas (calzadas), señalización y ornamentación de parque, los cuales deberán sujetarse a los planos y memoria descriptiva debidamente aprobados por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, así como a las características y especifi caciones técnicas siguientes: El diseño se hará según los cuadros siguientes: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta del Terreno 25,604.00 Área Útil 16,733.84 Área de Parque 1,126.10 Ministerio de Educación 339.20 Área de Vías 7,370.85 Área de Compensación 34.01 CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANA LOTES ÁREA (m2) A 22 3,417.67 B 45 6,473.63 C 28 3,729.44 D 24 3,113.10 TOTAL 119 16,733.84 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES RNC* (m2) PROPUESTO (m2) DEFICIT** (m2) Recreación Pública 11% 2,816.44 11,126.10 1,690.34 Ministerio de Educación 2% 512.08 339.20 172.88 * Reglamento Nacional de Construcciones. ** Los défi cit de aportes serán redimidos en dinero y pagados a la respectiva entidad, antes de la recepción de la obra. Además, deberán tener en cuenta los aspectos técnicos siguientes: CALZADAS: Podrán ser del Tipo Flexible, con las dimensiones y características de los componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas de esta Municipalidad, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. ACERAS: Serán de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 de espesor 0.15 m y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material de préstamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento y arena fi na en proporción 1.2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. conjuntas de 3/4” cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069- 2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras será sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD. Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y termino de las obras; los mismos que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER a las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán el pago del défi cit de aportes reglamentarios a redimirse en dinero por Recreación Pública en área de 1,690.34 m2, y por Ministerio de Educación en área de 172.88 m2, antes de la recepción de obras, a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y Ministerio de Educación, respectivamente, dejando en garantía los lotes 2, 4, 6, 7, 11 y 20 de la Mz. A, lotes 11 al 14 de la Mz. B y lotes 18 al 22 de la Mz. D del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa, por Recreación Pública, y el lote 17 de la Mz. C del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa, por Ministerio de Educación. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán la ejecución de Construcción Simultánea dentro del área y habilitación descrita en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER dejar sin efecto la Resolución de Gerencia Municipal Nº 116-2009-MDSMP de fecha 08 de abril de 2009. Artículo Sexto.- DISPONER la inscripción de la presente resolución en el Sistema Nacional de Registros, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo las personas de Víctor Enrique Neyra Flores y Doris Huamani Germán asumir los gastos para tales fi nes, dentro de los treinta (30) días hábiles de haber tomado válidamente conocimiento del citado acto administrativo. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, y Gerencia de Administración y Finanzas, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identifi car las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por venta de lotes sin contar con autorización municipal o habilitación urbana aprobada. Artículo Octavo.- REMITIR copia certifi cada del Expediente Técnico y la presente resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, sin perjuicio de comunicar el tenor del mencionado acto administrativo al Ministerio de Educación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ANDRES ALCALDE ARIAS Gerente Municipal 486980-1