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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424398 Aprueban el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, establecen el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal y aprueban modelos de documentos para la inscripción de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 228-2010-PCM/SD Lima, 2 de agosto de 2010 VISTO: El Informe Nº 010-2010-PCM/SD-OGI-MIRA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29029 - Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, se establece el marco jurídico para el desarrollo y promoción de las relaciones de asociatividad municipal a través de la Mancomunidad Municipal; Que, el artículo 38º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización; Que, el artículo 39º del citado Reglamento, asigna como funciones a la Secretaría de Descentralización, entre otras, la de promover la integración regional y local y su fortalecimiento, de aprobar normas en materia de Descentralización y de administrar el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, acorde a la Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y se aprobaron las normas del Reglamento de este Registro; Que, con posterioridad a la expedición de la mencionada Resolución Ministerial, mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, cuya Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Descentralización, aprobará mediante resolución correspondiente un nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adecuación del Registro de Mancomunidades Municipales Adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo dispuesto en la Ley Nº 29341, el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM y la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobación del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales Aprobar el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, que como Anexo Nº 1 forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecimiento del Contenido Mínimo para el Informe Técnico Establecer el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal, que como Anexo Nº 2 forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobación de modelos de documentos para Inscripción Aprobar los modelos de documentos para la inscripción de Mancomunidades Municipales: Estatuto, Acta de Constitución, Ordenanza Municipal y Solicitud de Inscripción, que como Anexos Nº 3 al Nº 6, forman parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- Publicación La presente Resolución de Secretaría de Descentralización y su Anexo Nº 1 serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos Nº 2 al Nº 6 se publicarán en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 6º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 7º.- Derogatoria Entiéndase sin efecto la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, a partir de la vigencia de la presente Resolución, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN ROMERO LLOCLLA Secretario de Descentralización (e) ANEXO Nº 1 REGLAMENTO DEL REGISTRO DE MANCOMUNIDADES MUNICIPALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos y normas para el Registro de Mancomunidades Municipales, de conformidad a lo previsto en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM. Artículo 2.- Defi niciones Para los efectos del presente Reglamento, se establecen las siguientes defi niciones: 2.1. Asociaciones: Son las Asociaciones de Municipalidades constituidas al amparo del artículo 125 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. 2.2. Ley: La Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, y su modifi catoria la Ley Nº 29341. 2.3. Mancomunidad(es): Mancomunidad(es) Municipal(es). 2.4. Registro: El Registro de Mancomunidades Municipales. 2.5. Reglamento de la Ley: El Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM. 2.6. Reglamento del Registro: El Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales. CAPÍTULO II REGISTRO DE MANCOMUNIDADES MUNICIPALES Artículo 3.- Naturaleza del Registro La inscripción en el Registro otorga personería de derecho público a la Mancomunidad.