Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2010 (26/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

424401

Municipalidades integrantes de la Asociacion deberan ratificar la modificacion del Estatuto mediante Ordenanza. CAPITULO VIII ADECUACION DE MANCOMUNIDADES MUNICIPALES INSCRITAS Articulo 23.- Adecuacion de la Constitucion de Mancomunidades inscritas Las Mancomunidades inscritas al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM, podran adecuarse a lo dispuesto en la Ley, el Reglamento de la Ley y el Reglamento del Registro, solicitando su inscripcion para el reconocimiento como una persona juridica de derecho publico, adjuntando lo siguiente: 23.1. Acta de Sesion de Adecuacion de la Constitucion de la Mancomunidad, que expresa los siguientes acuerdos: adecuar la constitucion de la Mancomunidad, modificar su Estatuto, y designar al Presidente del Consejo Directivo y al primer Gerente General. 23.2. Estatuto modificado, que contenga las normas vinculadas a la adecuacion de la constitucion de la Mancomunidad. 23.3. Ordenanzas Municipales, de cada Municipalidad interviniente, que aprueban la adecuacion de la constitucion de la Mancomunidad; y que ratifican el contenido del Acta de Sesion de Adecuacion de la Constitucion de la Mancomunidad, la modificacion del Estatuto, y la designacion del presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General. 23.4. Solicitud de inscripcion suscrita por el Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad. No es necesaria la modificacion de los informes tecnicos. Articulo 24.- Asistencia Tecnica La Secretaria de Descentralizacion brindara asistencia tecnica a las Mancomunidades inscritas, para su adecuacion de conformidad a la Ley, al Reglamento de la Ley y al Reglamento del Registro. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- En lo no previsto en el Reglamento del Registro, se aplicaran el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 079-2005-SUNARP-SN y el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Juridicas No Societarias, aprobado mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 086-2009-SUNARP-SN. 535016-1

Que, en ese contexto es necesario, incluir medidas adicionales que contribuyan a la adopcion de patrones de produccion y consumo sostenibles; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM Modifiquese el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, "Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico", incorporando el numeral 4.1.5, el mismo que quedara redactado como sigue: "4.1.5 Uso obligatorio de productos reciclados y biodegradables a) Las Entidades del Sector Publico deberan utilizar obligatoriamente plasticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado. Dicho porcentaje sera determinado por el Ministerio del Ambiente mediante Resolucion Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. b) Las Entidades del Sector Publico, deberan comprar y utilizar obligatoriamente bolsas de plastico biodegradables". Articulo 2º.- Modificacion del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM Modifiquese el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0092009-MINAM, "Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico", el mismo que quedara redactado como sigue: "Articulo 6º.- Reporte de resultados La Oficina General de Administracion de cada entidad reportara, cada ultimo dia de mes, en su pagina institucional las medidas implementadas y los resultados alcanzados e informara al MINAM. En el caso de las medidas senaladas en el numeral 4.1.5 del articulo 4º del presente Decreto Supremo, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE velara por el cumplimiento de lo establecido en dicho articulo". Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 535693-4

AMBIENTE
Modifican articulos del Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico
DECRETO SUPREMO Nº 011-2010-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, se aprobaron las medidas de ecoeficiencia para el sector publico; Que, la implementacion de las Medidas de Ecoeficiencia ha permitido mejorar la calidad del servicio publico, ahorrar recursos materiales, energia y minimizar la generacion de residuos, lo que se traduce en la liberacion de recursos economicos que pueden destinarse a los fines primordiales del desarrollo sostenible;

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman control del Orden Interno durante el Estado de Emergencia prorrogado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 357-2010-DE MORDAZA, 25 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 087-2010-PCM de fecha 25 de agosto de 2010, se prorrogo por el termino

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