Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2010 (26/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2010

Que, personal militar del Comando Sur de los Estados Unidos de MORDAZA, realizara una visita de Intercambio de Expertos Medicos para Capacitacion en Trauma y Logistica; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes efectivos del Comando Sur de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para realizar una visita de Intercambio de Expertos Medicos para Capacitacion en Trauma y Logistica, del 29 de agosto al 04 de setiembre de 2010: 1. MORDAZA 2. CAPITAN 3. CAPITAN 4. MORDAZA 5. MORDAZA 6. MORDAZA LOUGEE, MORDAZA CUBANO, MORDAZA GARNIER, MORDAZA DELASERNA, MORDAZA MEDELLIN, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 05 al 07 de setiembre de 2010, para sostener reuniones con personal de la Fuerza Aerea del Peru, en el MORDAZA del Acuerdo de Asistencia Tecnica: 1. MORDAZA MORDAZA MAYER 2. TTE. MORDAZA MORDAZA BURGESS Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 535477-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 896-2010-DE/SG MORDAZA, 23 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 907 de fecha 19 de agosto de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA participara en el MORDAZA del Instituto de Estudios Juridicos Internacionales de Defensa (DILS) bajo el programa IMET; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa,

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 535477-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 895-2010-DE/SG MORDAZA, 23 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 885 de fecha 13 de agosto de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del Acuerdo de asistencia tecnica de los Estados Unidos de MORDAZA en apoyo a la Fuerza Aerea del Peru, personal militar de dicho MORDAZA, visitara el Peru para realizar reuniones de coordinaciones con la citada Fuerza Armada; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion

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