Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2010 (26/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2010

de sesenta (60) dias, a partir del 6 de setiembre de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 535693-8

BALLON, Jefe del Departamento de Operaciones de Paz del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como representante del Ministerio de Defensa, en razon que las experiencias a ser obtenidas durante el desarrollo de dicho MORDAZA, redundaran en beneficio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, al adquirirse e intercambiar conocimientos sobre Operaciones de Mantenimiento de Paz; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, item 31 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Ano 2010, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1302010-DE/SG de fecha 1 de MORDAZA de 2010 y modificada con Resolucion Suprema Nº 260-2010-DE de fecha 9 de junio de 2010; habiendose previsto en la presente Resolucion una duracion de DIEZ (10) dias para efectuar dichas actividades; sin embargo considerando el costo de pasajes aereos, asi como el monto del presupuesto de gasto aprobado para el referido viaje solo se autorizara el pago de viaticos por CUATRO (4) dias al Oficial Superior designado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias - Normas reglamentarias de viajes al exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando lo recomendado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del 27 de agosto al 5 de setiembre de 2010, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON, Jefe del Departamento de Operaciones de Paz del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para que participe en el MORDAZA "Lecciones Aprendidas en Operaciones de Mantenimiento de Paz", a realizarse en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes: (Lima - Montevideo - Lima): US$ 750.00 x 1 persona = USD. $ Viaticos: US$ 200.00 x 1 persona x 4 dias 750.00

Autorizan viaje de Oficial de la MORDAZA de MORDAZA a Uruguay para participar en el MORDAZA "Lecciones Aprendidas en Operaciones de Mantenimiento de Paz"
RESOLUCION SUPREMA Nº 358-2010-DE/CCFFAA MORDAZA, 25 de agosto de 2010 Visto, el Circular Nº 37 de la Subsecretaria General de la Presidencia Pro-Tempore del Consejo de Defensa Suramericano de la Republica de Ecuador, de fecha 30 de junio de 2010. CONSIDERANDO Que, mediante Circular del Visto, la Subsecretaria General de la Presidencia Pro-Tempore del Consejo de Defensa Suramericano de la Republica de Ecuador, hace de conocimiento que la distinguida Delegacion de Uruguay ha determinado la realizacion del MORDAZA "Lecciones Aprendidas en Operaciones de Mantenimiento de Paz" en la MORDAZA de Montevideo - Uruguay, los dias 1, 2 y 3 de setiembre de 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

= USD. $

800.00

Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 1 persona = USD. $ TOTAL: USD. $

31.00 1,581.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado mediante la presente Resolucion, debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligacion de sustentar viaticos; asimismo, dentro de los QUINCE (15) dias calendario de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

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