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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (26/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de agosto de 2010 424407 de fecha 14 de julio de 2010, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refi ere el considerando precedente; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito de la Póliza Nº UM00016568SP09A de la XL Specialty Insurance Company, con una cobertura que abarca desde el 31 de diciembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, el artículo 34° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes científi cos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley N° 26510; y la Ley N° 28296; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y hasta el 15 de noviembre de 2010, la salida temporal del país de ochenta y un (81) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fi n que conformen la exposición denominada “Art and Myth in Ancient Peru: The History of the Jequetepeque Valley”, organizada por el Museo de Arte de Lima, la cual se llevará a cabo del 13 de setiembre al 23 de octubre de 2010, en las salas de exposición de la Americas Society, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución. Artículo 3°.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autoriza, a la señorita Gladiz Eugenia Collatupa De la Cruz, con D.N.I. Nº 40950510, quien cumplirá la labor de verifi cación del estado de conservación; visará las fi chas de registro de cada una de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerá del montaje, desmontaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación tanto a la ida, como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolución Suprema. Los gastos del comisario designado por conceptos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, y movilidad local tanto en el Perú como en el extranjero, serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 4°.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PARA LA EXPOSICIÓN TEMPORAL “ART AND MYTH IN ANCIENT PERU: THE HISTORY OF THE JEQUETEPEQUE VALLEY” DEL 13 DE SETIEMBRE AL 23 DE OCTUBRE DE 2010 Nro. Nº de Registro Nacional Otros códigos Tipo de bien Material Cultura / Estilo 1 0000095432 13-01-04/IV/A-1/13437 Botella Cerámica y orgánico Moche 2 0000095433 13-01-04/IV/A-1/13453 Botella Cerámica Moche 3 0000112186 M-U620-C26 Botella Cerámica Nievería 4 0000112223 M-U1405-C5 Plato Cerámica Cajamarca 5 0000112224 M-U813-C1 Botella Cerámica Moche 6 0000112225 M-U1727-BN3-C8 Botella Cerámica Moche 7 0000112233 M-U1022-C135 Botella Cerámica Nievería 8 0000111257 2007.16.41 Botella Cerámica Moche 9 0000111294 2007.16.55 Botella Cerámica Moche 10 0000111483 2007.16.56 Botella Cerámica Moche 11 0000111487 2007.16.57 Botella Cerámica Moche - Wari 12 0000111488 2007.16.58 Vaso Cerámica No determinada 13 0000111508 2007.16.59 Botella Cerámica No determinada 14 0000111509 2007.16.60 Botella Cerámica Wari 15 0000111511 2007.16.2 Botella Cerámica Cupisnique 16 0000111513 2007.16.3 Botella Cerámica Cupisnique 17 0000111514 2007.16.62 Vaso Cerámica Chimú - Inca 18 0000111519 2007.16.1 Botella Cerámica Cupisnique 19 0000111528 2007.16.4 Botella Cerámica Cupisnique 20 0000111532 2007.16.5 Botella Cerámica Cupisnique 21 0000111538 2007.16.6 Botella Cerámica Cupisnique 22 0000111539 2007.16.7 Botella Cerámica Cupisnique 23 0000111540 2007.16.8 Botella Cerámica Cupisnique 24 0000111546 2007.16.64 Botella Cerámica Lambayeque 25 0000111547 2007.16.9 Botella Cerámica Cupisnique