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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (24/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431616 de metas del Plan Selva, Plan Lima y Plan Sierra de la Libertad; Que, con la Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010) se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Entidad, en el que se incluye el supuesto, que el Sub Jefe Nacional puede asumir la Jefatura Nacional interinamente, de conformidad con el numeral 73.3 del Artículo 73° de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General; así como los cambios legislativos plasmados en la Ley Nº 29587 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 28 de Septiembre de 2010, que modifi ca los Artículos 10º y 15º de la Ley Orgánica de RENIEC Nº 26497; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 273- 2010/JNAC/RENIEC, de fecha 30 de marzo de 2010, se aprobó la Directiva Nº DI-224-GPP/002 “Formulación, Reprogramación y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI)” Tercera Versión, documento que norma el proceso y etapas de la Reprogramación de los Planes Operativos; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto ha señalado que la presente reprogramación del Plan Operativo Institucional del Año Fiscal 2010, se adecua a la Directiva señalada en el párrafo que antecede; así como la reprogramación de tareas y metas realizadas por las diversas unidades orgánicas de la Institución, conforme a la asignación presupuestal de cada una de ellas; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29091, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 26 de Setiembre de 2007, establece que la publicación de los instrumentos de gestión, así como de los lineamientos, directivas o reglamentos técnicos en el Portal del Estado Peruano, deberá realizarse al día siguiente de la aprobación de la norma legal y tendrán vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales; Que, de otro lado de acuerdo con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010), el Sub Jefe Nacional ejerce en forma transitoria la representación legal del RENIEC, así como la Jefatura Nacional, entre otros, cuando no se haya nombrado al nuevo titular por parte del Consejo Nacional de la Magistratura y hasta que se produzca el nombramiento correspondiente, disposición acorde con lo establecido en el numeral 73.3 del Artículo 73º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N°855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y teniendo en cuenta lo estipulado en el numeral 3) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Reprogramación del Plan Operativo Institucional del Año Fiscal 2010, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe, el texto de la Reprogramación del Plan Operativo Institucional 2010 aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (i) 581959-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Ripley Perú S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Arequipa, Piura y Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 17013-2010 Lima, 10 de diciembre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A. para que se le autorice la apertura de tres agencias según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, el referido Banco ha presentado la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A. la apertura de tres agencias ubicadas en las siguientes direcciones: - Segundo nivel de la Tienda por Departamento Ripley, ubicada en el Centro Comercial “Mall Aventura Plaza”, sito en Av. Porongoche Nº 500, entre los distritos de José Luis Bustamante Rivero y Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. -Tercer nivel de la Tienda por Departamento Ripley, ubicada en calle Arequipa con Ayacucho, distrito, provincia y departamento de Piura. - Tercer nivel de la Tienda por Departamento Ripley, ubicada en el Centro Comercial “Plaza Lima Norte”, sito en Avenida Tomás Marsano con Panamericana Norte, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 581341-1 Autorizan al Banco Ripley Perú S.A. la modificación de dirección de agencia ubicada en el distrito de Independencia, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 17099-2010 Lima, 17 de diciembre de 2010