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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (24/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 110

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431626 Que, de conformidad con el artículo 12° de la Directiva N° 001-2009-AGN/DNAAI, Normas para la Transferencia de los Archivos Notariales, establece que cumplidos los dos años del cese del notario, el Archivo General de la Nación, iniciará el procedimiento de trasferencia de los archivos notariales comunicando tal situación al Colegio de Notarios de Lima; en caso de los Archivos Regionales la comunicación será cursada al Colegio de Notarios respectivo; asimismo el artículo 6° de la citada norma, establece que la trasferencia se llevará a cabo de manera obligatoria después de transcurridos los dos años de ocurrido el cese; Que, el artículo 63° del Decreto Legislativo N° 1049, Ley del Notariado establece, que transcurridos los 2 años de ocurrido el cese del notario, los archivos notariales serán transferidos al Archivo General de la Nación o a los archivos departamentales, de conformidad con el artículo 5° del Decreto Ley N° 19414 y el artículo 9° de su Reglamento; Que, mediante Nota Informativa N°016-2009-GRSAM/ AR, de fecha 23 de noviembre del 2009, el Director (e) del Archivo Regional del Gobierno Regional de San Martín, solicita al Gerente Regional de Desarrollo Social iniciar los trámites para la transferencia del fondo documental del ex notario Sr. Wenceslao Vásquez Mendoza; Que, con Ofi cio N° 717-2009-GRSM/GRDS, de fecha 01 de diciembre del 2009, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita al Colegio de Notarios de San Martín, la transferencia de los registros notariales del Ex Notario Público Sr. . Wenceslao Vásquez Mendoza; Que, con Ofi cio N° 186-2009/CN, de fecha 26 de noviembre del 2009, el Colegio de Notarios de San Martín, reitera la solicitud realizada mediante Ofi cio N° 040-2009/ NC, para la celebración del convenio entre el Gobierno Regional de San Martín y el Colegio de Notarios, a fi n de que el colegio de Notarios, mantenga y conserve bajo custodia el archivo y protocolo de los notarios de la Región San Martín; Que, mediante Memorando N° 1468-2009-GRSM/ GRDS, de fecha 11 de diciembre del 2009, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita a la Dirección del Archivo Regional de San Martín, un Informe Técnico, en relación al Ofi cio N° 186-2009/CN, de fecha 26 de noviembre del 2009; Que, mediante Informe Técnico N° 011-2009-GRSM/ AR, de fecha 16 de diciembre del 2009, la Dirección del Archivo Regional de San Martín, deniega en forma defi nitiva la posibilidad de la fi rma del convenio requerido mediante Ofi cio N°186-2009/CN, de fecha 26 de noviembre del 2009; por ello la Gerencia Regional de Desarrollo Social, remite el Ofi cio N° 752-2009-GRSM/ GRDS, de fecha 23 de diciembre del 2009, reiterando la imposibilidad de atender la solicitud del Colegio de Notarios por los motivos expuestos en el Informe Técnico antes mencionado, ante la insistencia del Colegio de Notarios sobre sus pretensiones en la fi rma del Convenio, el Gerente Regional de Desarrollo Social solicita opinión legal respecto al tema al Archivo General de la Nación, ente rector del Sistema Nacional de Archivos el mismo que es respondido mediante Ofi cio N° 117-2010.AGN/J, de fecha 29 de enero del 2010, que el Gobierno Regional debe evaluar el convenio, toda vez que no existe obligación de celebrarlo, sino la posibilidad, lo que implica evaluar lo más conveniente para el Patrimonio Documental y los ciudadanos, considerando no sólo aspectos económicos, sino además culturales y de seguridad jurídica, por lo que señala recomendando la no celebración del convenio; Que, con Ofi cio N° 118-2010-GRSM/GRDS, de fecha 25 de marzo del 2010, establece nuevamente la transferencia de los archivos notariales del ex Notario Sr. Wenceslao Vásquez Mendoza, el mismo que deberá realizarse en forma impostergable el 16 de abril del presente año, además se solicita que brinde todas las facilidades del caso al personal del Archivo Regional de San Martín que realizará el inventario y verifi cación de la documentación a transferir a partir del 13 de abril. No habiendo respuesta alguna por parte del Decano; Que, mediante Informe Legal N° 549-2010-GRSM/ ORAL, de fecha 14 de junio del 2010, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal emite opinión respecto a la posible subscripción de convenio de cooperación a celebrase entre el Gobierno Regional de San Martín y el Colegio de Notarios de San Martín, detallando lo siguiente: que de acuerdo a la revisión del proyecto de convenio redactado por el Colegio de Notarios, se aprecia que tiene como objeto que el Gobierno Regional de San Martín entregue al Colegio de Notarios de San Martín el archivo y protocolo de los Ex Notarios que se conserva actualmente en el Archivo Regional y Archivo Sub Regional en la Sede Tarapoto, para que se mantenga y conserve en forma defi nitiva, bajo su custodia; asimismo el Convenio establece que el Gobierno Regional de San Martín se compromete a capacitar, a través de los técnicos correspondientes, a los miembros del Colegio de Notarios en temas de conservación y archivo de documentos, por esta razón la Ofi cina Regional de Asesoría Legal opina por la no suscripción del proyecto de convenio de Cooperación entre el Gobiernos Regional de San Martín y el Colegio de Notarios de San Martín, asimismo recomienda se reitere el pedido de traslado de los archivos que retiene el Decano del Colegio de Notarios de San Martín para su conservación y custodia en el Archivo Regional del Gobierno Regional de San Martín; Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria, desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín – Moyobamba, llevado a cabo el día Lunes 14 de Junio del 2010, aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DISPONER que los archivos notariales del Departamento de San Martín, cuyos titulares cesen o fallezcan, serán transferidos, después de dos años al Archivo Regional de San Martín. Artículo Segundo.- DECLARAR inviable la suscripción del Proyecto de Convenio de Cooperación entre el Gobierno Regional de San Martín y el colegio de Notarios de San Martín. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Colegio de Notarios de San Martín, transfi era en forma obligatoria y defi nitiva los archivos notariales y protocolo del Ex Notario Público Sr. Wenceslao Vásquez Mendoza, al Archivo Regional de San Martín para su conservación y custodia. Artículo Cuarto.- El Gobierno Regional de San Martín, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, implementará los procedimientos respectivos y programará eventos de capacitación para el personal del Archivo Regional de San Martín y del Archivo Sub Regional, en temas de conservación y procesos técnicos del acervo documental archivístico. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en Diario Ofi cial “El Peruano”, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. DERTIANO RIOS RUIZ Presidente del Consejo Regional de San Martín Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los seis días del mes de julio del dos mil diez. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. WILIAN A. RIOS TRIGOZO Presidente Regional Gobierno Regional de San Martín 581772-1