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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431623 República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; - Que el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal CAP de las Entidades de la Administración Pública”; tiene por fi nalidad generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la Entidad y con los criterios de diseño y estructura de la Administración Publica que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; - Que, el Cuadro para Asignación de Personal CAP es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de la estructura orgánica prevista en el ROF de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca, y cuya modifi cación deberá efectuarse en tanto se la asunción de las funciones transferidas implica modifi cación del ROF de esta entidad; - Que la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha elaborado el respectivo Informe Técnico Sustentatorio Nº 36-2010-GR.CAJ- GRPPAT/SGDI, elevado mediante Ofi cio Nº 1540-2010- GR.CAJ-GRPPAT, requisito para la aprobación del CAP, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº043-2004-PCM; contándose además con la informe favorable de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica emitido mediante Informe Nº 104-2010-GR.CAJ/ DRAJ; - Que, mediante Dictamen Nº 002-2010-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODE, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Económico, de fecha 30 de noviembre del año 2010, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, por las argumentos expuestos en el mismo y en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de diciembre del año 2010; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el voto unánime el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Agricultura Cajamarca el mismo que en cinco (05) folios, debidamente visados forma parte de la presente ordenanza regional. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación del CAP en el portal electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe) dentro de los 3 días calendario siguientes a la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal del Estado Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diez. WILSON NICOLAS FLORES CASTILLO Presidente Regional Provisional 581290-4 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 105-2010-CR-GRH. Huánuco, 30 de noviembre de 2010 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de fecha veinticinco de noviembre del dos mil diez, el Dictamen Nº 51-2010-CPPPATAL/CR-GRH, presentado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales relacionado al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Dirección Regional de Salud Huànuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo dispone los Artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un Estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2008-PCM, de fecha 26 de julio de 2006, se Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se ha cumplido estrictamente; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 574- 2003-GRH/PR, aprueba el Reglamento de Organización