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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (24/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 109

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431625 dicho documento de gestión para que sea aprobado mediante Ordenanza Regional, con un total de 259 Cargos, de los cuales 149 cargos presupuestados y 110 cargos previstos los mismos que ha sido revisados y aprobado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Informe Nº 184-2010-GRH-GRPPAT/SGDIS de fecha 16 de setiembre del 2010 y el Informe Nº 625-2010- GRH/GRPPAT, de fecha 17 de setiembre del 2010 respectivamente; Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc.”a”, de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su función normativa, aprobar los documentos de gestión de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNINAMINIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;. ORDENA: Artículo Primero .- APROBAR, la Modifi cación el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud Huánuco del Gobierno Regional Huánuco, con un total de 259 cargos, de los cuales 149 cargos presupuestados y 110 cargos previstos, según anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE .- cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero..- PUBLICAR el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud Huánuco, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Orgánica de Gobierno Regionales. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 30 días del mes de Noviembre del 2010. DANMER ALEGRÍA HERRERA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede del Gobierno Regional Huánuco, a los 09 días mes de Diciembre del 2010. JORGE ESPINOZA EGOÁVIL Presidente 581374-2 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Disponen que archivos notariales del departamento de San Martín cuyos titulares cesen o fallezcan, serán transferidos después de dos años al Archivo Regional de San Martín ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2010-GRSM/CR Moyobamba, 6 de julio del 2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191°, 192 y 193° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 3° del Decreto Ley N° 19414 – Ley de Defensa, conservación e Incremento del Patrimonio Documental establece que el patrimonio documental de la Nación no podrá ser objeto de transferencia a ningún título sin conocimiento y autorización expresa del Archivo General de la Nación; así mismo el artículo 12° del Decreto Supremo N° 022-75-ED Reglamento de la mencionada Ley ratifi ca dicha exigencia al expresar que es nula ipso jure la trasferencia realizada con inobservancia de tal disposición; Que, el artículo 22° del Decreto Supremo N° 088- 92-JUS, Reglamento del Sistema Nacional de Archivos señala que: los archivos regionales son órganos descentralizados del Gobierno Regional con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa y económica, depende del Consejo Regional y técnica y normativamente del Archivo General de la Nación. Conducen las actividades archivísticas del Sistema en su jurisdicción; Que, mediante Resolución N° 0104-2007-CNSM, de fecha 21 de noviembre del 2007, el Colegio de Notarios de San Martín, Resuelve aceptar la renuncia presentada por el Señor Wenceslao Vásquez Mendoza, al cargo de Notario de la provincia de Moyobamba; Que, con fecha 20 de mayo del 2008, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 0273-2008-JUS, en que se resuelve cancelar por causal de renuncia, el título de Notario otorgado al Señor Wenceslao Vásquez Mendoza; Que, el Colegio de Notarios de San Martín, representado por el Decano Dr. Luis Enrique Cisneros Olano, mediante Ofi cio N° 040-2009/NC, de fecha 19 de setiembre del 2009, solicitan al Sr. Cesar Villanueva Arévalo, Presidente del Gobierno Regional de San Martín celebrar un convenio a efecto que el Colegio de Notarios de San Martín se encargue de mantener y conservar bajo custodia el archivo y protocolo de los notarios de la Región San Martín, que hayan cesado en sus funciones;