Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2010 (24/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2010

y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895-2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academico y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades publicas y privadas expedir duplicados de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales por perdida, deterioro o mutilacion; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 18 de Noviembre del 2010. RESUELVE: 1º.- OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTELLARES, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 235, registrado a Fojas 055 del Tomo 017 - T. 2º.- DAR CUENTA de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a Secretaria General y Facultad de Trabajo Social. Registrese y Comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 016-2005GR.CAJ-CR mediante la cual se creo el Grupo Tecnico Regional de Gestion del Agua en el departamento de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2010-GRCAJ-CR

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que en su articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y en el articulo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dictan las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional;

- Que, Ley Nº 28611, la Ley General del Ambiente, en su articulo 61º (de la concertacion en la gestion ambiental regional) establece que los gobiernos regionales, a traves de sus Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, y en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestion Ambiental, integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, asi como a la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno regional; - Que, mediante Ley Nº 29338, Ley de los Recursos Hidricos, se crea el Sistema Nacional de los Recursos Hidricos, estableciendo la participacion importante de los Gobiernos Regionales, en tanto los integran al Sistema Nacional de los Recursos Hidricos, a traves de sus instancias correspondientes para participar en la elaboracion de los planes de gestion de recursos hidricos de las Cuencas. Participan en los Consejos de MORDAZA y desarrollan acciones de control y vigilancia en coordinacion con la Autoridad Nacional del Agua para garantizar el aprovechamiento sostenible de los Recursos Hidricos; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2005PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, en los articulos 29 y 30 del Reglamento se establece que en ejercicio del Nivel III Funcional del Sistema Nacional de Gestion Ambiental se podra crear Grupos Tecnicos Regionales para la discusion, analisis y busqueda de acuerdos tecnicos y mecanismos para hacer operativos los instrumentos de gestion ambiental en el ambito de la Region. Para la conformacion de los Grupos Tecnicos se debe establecer: objetivos, funciones, composicion, plazo de duracion determinado y la institucion sobre la que recaera la Secretaria Tecnica del Grupo Sistema; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2005GRCAJ-CR publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de agosto del ano dos mil cinco, se crea el Grupo Tecnico Regional de Gestion del Agua, siendo las instituciones que la integran: El Gobierno Regional de MORDAZA - Gerencia Regional de Recursos Naturales; CARE ­ Proyecto PROPILAS; SEDACAJ.; Centro Ideas; CEDEPAS; SNV; UNC ­ Escuela de Post Grado; Municipalidad Provincial de Cajamarca; SENAMHI; ASPADERUC; INRENA ­ ATDR; INRENA­OGATEIRN; DESA ­ Cajamarca; Minera Yanacocha S.R.L.; PRONAMACHCS ­ Proyecto MIMA; ITDG; MORDAZA Florindez (a titulo personal); y MORDAZA MORDAZA (a titulo personal); - Que, se hace necesario conformar el Grupo Tecnico Regional del Agua instituciones con instituciones que estan vigentes, ya que en la Ordenanza Regional Nº 016-2005-GRCAJ-CR se menciona instituciones que han desaparecido; - Que, aun mas, por la misma Ley, los Gobiernos Regionales son los que tienen iniciativa de proposicion ante la Autoridad Nacional del Agua para la creacion y conformacion de los Consejos de MORDAZA, que se constituyen con el objeto de participar en la planificacion, coordinacion y concertacion del aprovechamiento sostenible de los recursos hidricos en sus respectivos ambitos; - Que, todo ello hace necesaria la adecuacion del Grupo Tecnico Regional del Agua en MORDAZA al MORDAZA MORDAZA normativo nacional, incorporando a entidades e instituciones que considere la participacion equilibrada de los representantes de las organizaciones de usuarios, del Gobierno Regional de MORDAZA y de los Gobiernos Locales que lo integran; de manera que contribuyan al accionar del Gobierno Regional de MORDAZA en el tema del Agua. Indicandose que sera este Grupo Tecnico quien en MORDAZA con las Politicas, Planes y Programas Nacionales y Regionales del Agua en el MORDAZA, proponga al Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA las acciones a tomar respecto del Agua en el departamento de Cajamarca; - Que, mediante Oficio Nº 505-2010-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 21 de octubre del ano 2010, el Director Regional de Asesoria Juridica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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