Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2010 (24/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados tendran caracter obligatorio debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA
581788-1

Municipalidades, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA VIGENCIA DE LA ORDENANAZA N° 259-MDA, QUE APRUEBA LA REGULARIZACION DE EDIFICACIONES EXISTENTES EN EL DISTRITO DE ATE

Articulo Primero.- Modifiquese el articulo primero de la Ordenanza N° 259-MDA de fecha 29 de noviembre de 2010 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" de fecha 01 de diciembre de 2010 en los siguientes alcances: Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de Ate, que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion (culminadas y/o con casco habitables), asi como de demolicion, sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalizacion de Obra y Declaratoria de Edificacion, entre el 21 de MORDAZA de 1999 hasta el 30 de noviembre de 2010, podran regularizarlas con el pago de un derecho de tramite y de una multa administrativa. Asimismo, se consideraran aptas para regularizar, aquellas construcciones similares existentes sobre terrenos que a la fecha cuenten con Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado o con Estudios Preliminares aprobados. El plazo para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza vence el dia 30 de Diciembre de 2010. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA
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Modifican la Ordenanza Nº 259MDA que aprobo la regularizacion de edificaciones existentes en el distrito de Ate
ORDENANZA N° 262-MDA

Ate, 14 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de diciembre de 2010, visto el Dictamen N° 037-2010-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando la MORDAZA MORDAZA, que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza N° 259-MDA de fecha 29 de noviembre de 2010, se aprobo la Regularizacion de Edificaciones Existentes en el Distrito de Ate, MORDAZA que fue publicada en el Diario oficial "El Peruano" de fecha 01 de diciembre de 2010; Que, el articulo primero de la mencionada Ordenanza senala que: "Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de Ate, que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion (culminadas y/o con casco habitables), asi como de demolicion, sin la Licencia de Obra, Conformidad o Finalizacion de Obra y Declaratoria de Edificacion, entre el 21 de MORDAZA de 1999 y el 31 de diciembre de 2009, podran regularizarlas con el pago de un derecho de tramite y de una multa administrativa". Asimismo, se consideraran aptas para regularizar, aquellas construcciones similares existentes sobre terrenos que a la fecha cuenten con Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado o con Estudios Preliminares aprobados. El plazo para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza vence el dia 31 de Diciembre de 2010; Que, el numeral 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Derogan la Ordenanza N° 006-2002MDSMP
ORDENANZA Nº 301-MDSMP

San MORDAZA de Porres, 16 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 16.DICIEMBRE.2010, bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre proyecto de Ordenanza que deroga dispositivo municipal; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha se trato sobre el Dictamen N° 015-2010-CAJPE/MDSMP de la Comision de Asuntos Juridicos y Promocion Empresarial que recomienda al Pleno del Concejo la derogacion de la Ordenanza N° 006-2002-MDSMP (19. FEBRERO.2002) que dispone emitir sin costo alguno Constancias de Posesion a los moradores de las zonas denominadas; San MORDAZA, Ministerio de Fomento, Pasaje

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