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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431841 CONSIDERANDO: Que, visto el Facsímil (DGS) Nº 1308 de fecha 20 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN, se desarrollará la y Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional, en la cual personal militar de la República Federativa de Brasil participará como alumno; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Coronel del Ejército de Brasil, Marcelo Pagotti Joao, para que participe en la Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional, a dictarse en el Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN, del 06 de enero al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 583419-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1518-2010-DE/SG Lima, 27 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nºs. 1288 y 1315 de fecha 13 y 22 de diciembre de 2010, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra; Que, en el marco del curso de Medicina Tropical promovido por el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales-NMRCD conjuntamente con la Universidad de los Servicios Uniformados para las Ciencias de la Salud de los Estados Unidos de América, personal militar de ese país realizará una visita a clínicas e instituciones locales como parte del curso; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a personal militar de la Marina de los Estados Unidos de América, entre el 13 de enero al 04 de marzo, para realizar una visita a clínicas e instituciones locales como parte del curso de Medicina Tropical promovido por el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales-NMRCD: 1. Capitán USAF Ross Dodge 2. Teniente Primero USN Jeffrey Levine 3. Alférez USN Marc Kajut 4. Alférez USN Dimana Dimitrova Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 583419-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1519-2010-DE/SG Lima, 27 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1301 de fecha 16 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra; Que, el Secretario de Marina de los Estados Unidos de América, realizará una visita ofi cial al Perú para sostener una reunión con el señor Ministro de Defensa, a quien lo acompañará una delegación de personal militar de ese país; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de