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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431853 Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 581763-1 JUSTICIA Aprueban transferencia gratuita del dominio privado estatal del Instituto Nacional Penitenciario a favor del Ministerio de Justicia DECRETO SUPREMO N° 020-2010-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 121-2009, por el cual se prioriza la promoción de la inversión privada de diversos proyectos de asociaciones público privadas y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos en el año 2010, declaró de necesidad nacional y ejecución prioritaria la promoción de la inversión privada, entre otros proyectos, de la concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima; Que, el artículo 4° del referido Decreto de Urgencia establece que son de aplicación a los proyectos referidos en el mencionado artículo 1°, diversas medidas destinadas a su ejecución de manera efi caz, habiéndose dispuesto en su numeral 2 que los terrenos de propiedad directa o indirecta del Estado, incluyendo las empresas del Estado requeridos para la concesión, serán transferidos automáticamente por la entidad titular de los mismos al concedente en la oportunidad en que éste lo señale y a título gratuito, por el solo mérito del Decreto Supremo que así lo establezca; Que, además, se dispone que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos quede obligada a registrar los terrenos a nombre del concedente con la sola presentación de la solicitud correspondiente, acompañada del Decreto Supremo a que se refi ere el párrafo anterior, libre de pago de derechos; Que, el Estado Peruano y el Instituto Nacional Penitenciario son propietarios del Lote N° 2 con un área de 115,749.3644 m2, dentro de un perímetro de 1,832.6358 ml., ubicado en el Sector San Graciano Alto, distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 60021298 de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX en el cual se construirá un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima, materia de concesión al sector privado y priorizado por el referido Decreto de Urgencia Nº 121-2009; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de las Normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96- PCM, corresponde a los respectivos Sectores asumir la calidad de concedentes, por lo que a fi n de viabilizar el proceso de promoción de la inversión privada mediante la concesión, resulta pertinente la transferencia gratuita del dominio privado estatal de dicho inmueble a favor del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; el Texto Único Ordenado de las Normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 059-96-PCM; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM; y, el Decreto de Urgencia N° 121-2009, que prioriza la promoción de la inversión privada de diversos proyectos, de asociaciones público privadas y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos en el año 2010; DECRETA: Artículo 1°.- Transferencia gratuita a favor del Ministerio de Justicia. Apruébese la transferencia gratuita del dominio privado estatal del Lote N° 2 con un área de 115,749.3644 m2, ubicado en el Sector San Graciano Alto, distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, inscrito a nombre del Estado Peruano y el Instituto Nacional Penitenciario - INPE en la Partida N° 60021298 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX, a favor del Ministerio de Justicia, con la fi nalidad de promover la inversión privada y la concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima. Artículo 2°.- Inscripciones registrales. Por el mérito del presente Decreto Supremo, el Registrador Público competente a cargo de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX, procederá con la inscripción de la transferencia gratuita entre entidades estatales y demás actos inscribibles, conforme a lo previsto en el artículo precedente. Artículo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 583553-4 Amplían vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 hasta el 31 de diciembre de 2011 DECRETO SUPREMO Nº 021-2010-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS se aprobó el Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010, en el marco de los compromisos derivados de los tratados de derechos humanos de los que el Perú es parte; Que al aprobarse el primer Plan Nacional de Derechos Humanos se materializó el compromiso asumido en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, realizada en Viena, Austria, en 1993, por lo que el Estado Peruano asumió un plan de acción nacional en el que se determinan las medidas necesarias para el mejoramiento de la promoción y protección de los derechos humanos; Que el Ministerio de Justicia, en ejercicio de sus competencias, luego de cinco años de vigencia del Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS, y consciente de que el Plan Nacional de Derechos Humanos, se encuentra en proceso de implementación progresiva, ha observado la necesidad de realizar un seguimiento y monitoreo de sus lineamientos y objetivos estratégicos, con el propósito de proponer, de ser el caso, las modifi caciones urgentes destinadas para su cumplimiento;