Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

431858

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la referida Mesa de Trabajo Multisectorial; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Herbozo MORDAZA, ha sido designado mediante Resolucion Ministerial Nº 2972010-PRODUCE, en el cargo de Director de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion; Que, en atencion a las consideraciones expuestas y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designacion del indicado profesional, y designar al MORDAZA representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la Mesa de Trabajo Multisectorial a que hace referencia el primer considerando de la presente resolucion; Con la visacion de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA a partir del 27 de diciembre de 2010, la designacion del abogado MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la Mesa de Trabajo Multisectorial encargada de evaluar, analizar y buscar alternativas de solucion a las demandas planteadas por las diversas organizaciones sociales de pensionistas y jubilados del Peru, tales como la Central Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru y la Confederacion Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru y otras similares, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 308-2009-PCM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR a partir del 27 de diciembre de 2010, al abogado MORDAZA MORDAZA BENNER MORDAZA, Asesor II, del Despacho Ministerial, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante la Mesa de Trabajo Multisectorial que se encargara de evaluar, analizar y buscar alternativas de solucion a las demandas planteadas por las diversas organizaciones sociales de pensionistas y jubilados del Peru, tales como la Central Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru y la Confederacion Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru y otras similares, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 308-2009-PCM. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 583489-1

de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; indicando como servicio a prestar inicialmente el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley Nº 28737 senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53° del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143° de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la empresa requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 1666-2010-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TELEMAG PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria Ley Nº 28737, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a TELEMAG PERU S.A.C. para prestar servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 598-2010-MTC/03 MORDAZA, 23 de diciembre de 2010 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2010-041365 por la empresa TELEMAG PERU S.A.C. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.