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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (02/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de febrero de 2010 412584 Viáticos US$ 1 600,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 62,00 ” Artículo 2º.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema Núm. 012-2010- PCM. Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 453097-9 Reconocen a la Comisión Interguberna- mental de la PCM encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 001-2010-PCM/SD Lima, 8 de enero de 2010 VISTOS: El Memorando Nº 1327-2009-PCM/SG, de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Informe N° 021-2010-PCM/SD-MOP CONSIDERANDO: Que la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se ha incorporado un nuevo enfoque para continuar la descentralización administrativa, a efecto que los gobiernos regionales y locales se encarguen de la provisión de los servicios públicos, para lo cual se inició, en el año 2003, un proceso de transferencia de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales, cuya culminación está normada y regulada por los Decretos Supremos N° 083-2008-PCM, N° 049- 2008-PCM y N° 064-2009-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 060-2008-PCM/SD y N° 001-2009-PCM/SD; Que en este contexto, para implementar las competencias y funciones transferidas, se hace necesario iniciar, de manera articulada y coordinada, el desarrollo de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano, que implicará la identifi cación de procesos de la gestión compartida, la delimitación de roles por niveles de gobierno y la asignación de recursos humanos, fi nancieros, bienes y otros asociados, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización y la Vigésima Octava Disposición Final Complementaria de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, antes mencionado, los Ministerios, con la asistencia técnica de la Secretaría de Gestión Pública y de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministerio de Economía y Finanzas, según corresponda, establecerán las disposiciones para el desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertación con los gobiernos regionales y locales, según corresponda, en el marco de Comisiones Intergubernamentales; Que dichas Comisiones Intergubernamentales deberán ser constituidas por los Ministerios involucrados en el proceso de descentralización, y estarán integradas por representantes de los mismos Ministerios, uno de los cuales la presidirá, así como por representantes de los gobiernos regionales y locales, según corresponda o, en su defecto, por representantes de instancias representativas de gobiernos regionales o locales, así como de entidades y órganos de la administración pública; pudiéndose designar, también, a quienes los representan en las Comisiones Sectoriales, Regionales y Locales de Transferencia; Que la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado, mediante el Memorando N° 1327-2009- PCM/SG, el reconocimiento de la conformación de una Comisión Intergubernamental, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, para que se encargue del desarrollo de los componentes de la gestión descentralizada y de la culminación del proceso de transferencia de competencias y funciones de los ciclos 2007, 2008 y 2009, entre otros temas de interés a solicitud de las partes involucradas directamente en el proceso de descentralización; Que asimismo, la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4.2 a), ha remitido a la Secretaría de Descentralización la relación de los miembros que conformarán dicha Comisión Intergubernamental, así como el mecanismo de designación de representantes, objetivos y alcance y otros aspectos de interés para su adecuado funcionamiento; por lo que, deberá procederse a su reconocimiento mediante la resolución correspondiente; Que en dicha Comisión Intergubernamental deberá incluirse un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, para que brinde asistencia técnica a dicha Comisión Intergubernamental en los asuntos que se señalan en los numerales 2.1 y 6.3 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, materia del presente, según lo requerido por la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con los Decretos Supremos N° 083- 2008-PCM, N° 049-2008-PCM, N° 047-2009-PCM y N° 064-2009-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 060-2008-PCM/SD y N° 001- 2009-PCM/SD; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocimiento de Comisión Intergubernamental según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM Reconocer a la Comisión Intergubernamental de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano, entre otros temas de interés que acuerden las partes involucradas directamente en el proceso de descentralización, en mérito a lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM. La Comisión estará integrada por cuatro (4) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales la presidirá; un (1) representante de los gobiernos regionales y un (1) representante de los gobiernos locales; y un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas, según relación detallada en anexo adjunto. Para el reconocimiento de nuevos representantes ante dicha Comisión, ya sea porque se están incorporando nuevos miembros o porque sus actuales miembros, por convenir a sus intereses, designen a nuevos representantes en reemplazo de los que sean reconocidos por la presente resolución, será sufi ciente que tales designaciones sean comunicadas ofi cialmente a la presidencia de la Comisión, con copia a la Secretaría de Descentralización, para la supervisión correspondiente. Artículo 2º.- Instalación de la Comisión El representante de la Presidencia del Consejo de Ministros que preside la Comisión, a que se refi ere el artículo anterior, deberá proceder a su instalación con los representantes que hayan sido reconocidos por la Secretaría de Descentralización, por efecto de la presente norma.