Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (02/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de febrero de 2010 412601 inversiones en la región, así como avanzar con el proceso de integración económica del Asia-Pacífi co; Que, del 22 al 27 de febrero de 2010, se realizará en la ciudad de Hiroshima, Japón, la Reunión de Altos Funcionarios de APEC y reuniones conexas donde se abordarán temas de interés nacional tales como la evaluación del progreso en torno a las Metas de Bogor de integración económica y comercial, el proceso de Integración Económica Regional y los posibles lineamientos para alcanzar un Área de Libre Comercio del Asia Pacífi co; asimismo el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su cargo la presentación del Perú en la Expo Mundial Shangai-2010, por lo que es necesario supervisar el trabajo de construcción del pabellón peruano; Que, por razones del itinerario los funcionarios diplomáticos que participarán en las citadas reuniones, partirán de la ciudad de Lima con la debida anticipación, empezando las comisiones en la ciudad de Hiroshima, a partir del 21 de febrero de 2010; Teniendo en cuenta los Memoranda (ACP) N° ACP0002/ 2010, de la Dirección General de Asia, Cuenca del Pacífi co, de 12 de enero de 2010; y de la Dirección de Finanzas Nº FIN0024/2010, de 14 de enero de 2010, que otorga disponibilidad presupuestal para el presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio de los siguientes funcionarios, a fi n de que participen en los siguientes eventos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui, Director General de Asia y Cuenca del Pacífi co de la Subsecretaría para Asuntos de Asia y Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente, a la ciudad de Hiroshima, Japón, del 21 al 25 de febrero de 2010, a fi n que participe en las reuniones bilaterales de las delegaciones APEC, así como en las Reuniones de Altos Funcionarios y del Comité de Cooperación Económica y Técnica; y, - Consejero en el Servicio Diplomático de la República Alfonso Paz Soldán Gonzales, funcionario de la Dirección de APEC de la Dirección General de Asia y Cuenca del Pacífi co, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenta del Pacífi co, África y Medio Oriente, a la ciudad de Hiroshima, Japón, del 21 al 27 de febrero de 2010, a fi n que participe en las reuniones bilaterales de las delegaciones APEC, la Primera Reunión de Altos Funcionarios y la Reunión del Comité de Comercio e Inversión; asimismo, para que viaje, por excepción, en comisión de servicio a la ciudad de Shangai, República Popular de China, del 28 de febrero al 03 de marzo de 2010, a fi n que se encargue de supervisar el avance de la construcción del pabellón peruano para la Expo Shangai-2010. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 - Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, para los viajes a la ciudad de Hiroshima, Japón; y la Meta: 41014 – Exposición Mundial en Shangai-2010, para el viaje a la ciudad de Shangai, República Popular de China, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de las referidas comisiones de servicio, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Lugar Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Luis Felipe Quesada Incháustegui Hiroshima 3,925.00 260.00 5+2 1,820.00 31.00 Alfonso Paz Soldán Gonzales Hiroshima 4,207.15 260.00 7+2 2,340.00 31.00 Shangai 260.00 4 1,040.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 453097-15 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0068/RE-2010 28 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades del Estado; Que, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos de las entidades públicas deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de cada entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2006-RE, publicado el 13 de julio de 2006, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1264/RE, publicada el 30 de octubre de 2007, se modifi có el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley antes citada, establece la obligatoriedad de publicar el íntegro del TUPA cada dos (2) años; Que el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe aprobar por resolución Ministerial del Sector; Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos estatales y regular el derecho