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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de febrero de 2010 413979 De conformidad con los artículos 7°, 13° inciso a), 26°, 27º y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; los artículos 62°, 63° literal B), 64º inciso a), 90°, 185° inciso a), 187° y 189° inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul General del Perú en Washington D.C., Estados Unidos de América, al Ministro en el Servicio Diplomático de la República César Augusto Jordán Palomino. Artículo 2°.- La jurisdicción consular está establecida en la Resolución Suprema N° 172-88-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4º.- La fecha en que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 5º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 458317-5 Reconocen a Cónsul General de Chile en Tacna RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 065-2010-RE Lima, 15 de febrero de 2010 Vista la Nota Nº 075/2010, de fecha 5 de febrero de 2010, de la Embajada de Chile, mediante la cual se solicita el reconocimiento del señor Patricio Latapiat Hormazábal, como Cónsul General de Chile en Tacna; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Patricio Latapiat Hormazábal, como Cónsul General de Chile en Tacna, a partir del 18 de enero de 2010; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los artículos 9º, inciso 1, acápite a, y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer al señor Patricio Latapiat Hormazábal, como Cónsul General de Chile en Tacna, con circunscripción en los Departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Madre de Dios, Cusco y Puno, a partir del 18 de enero de 2010. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 458317-6 SALUD Asignan temporalmente a la Oficina General de Administración las funciones de adquisición, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos, hasta la implementación de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2010/MINSA Lima, 12 de febrero del 2010 Visto, el Informe Nº 0040-2010-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 127-2010-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2010-SA del 23 de enero de 2010 se aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, creándose como órgano desconcentrado del Ministerio de Salud a la Dirección General de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, encargado de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de recursos estratégicos como son: productos farmacéuticos, insumos médicos y odontológicos no considerados como inversión, así como plaguicidas y productos veterinarios de uso en salud, para la red asistencial de salud pública a nivel nacional; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 003-2010-SA, establece que la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud implementará progresivamente las funciones de programación de la adquisición de recursos estratégicos del ejercicio correspondiente del 2010, y que la ejecución de la programación de las adquisiciones de recursos estratégicos del ejercicio correspondiente al 2009 será concluida por la Ofi cina General de Administración; Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo en mención dispone que mediante resolución ministerial se dictarán las medidas complementarias que se requieran para su aplicación; Que, en virtud a lo expuesto y a fi n de garantizar el normal desarrollo de las actividades de los órganos del Ministerio de Salud que han solicitado la compra de diversos bienes tales como medicinas, plaguicidas, entre otros, considerados como recursos estratégicos, es necesario que con carácter temporal se le asigne a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, la compra de dichos bienes, en tanto se ejecutan las acciones de implementación de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto por el literal l) del artículo 8° de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar a la Ofi cina General de Administración las funciones de adquisiciones, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos, como son productos farmacéuticos, insumos médicos y odontológicos, material de laboratorio, material de ayuda al diagnóstico, instrumentales y equipos médicos y odontológicos no considerados como proyectos de inversión, así como plaguicidas y productos veterinarios de uso en salud, por un término de noventa (90) días calendario, en tanto se implementa la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud. Artículo 2º.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará la autorización de las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Presupuesto Institucional 2010 del Pliego 011 - Ministerio de Salud, necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente resolución,