Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2010 (17/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 11º de la Ley General de Pesca, determina que el Ministerio de la Produccion, segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan, establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion en el largo plazo, con la obtencion de los mayores beneficios economicos y sociales; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003PRODUCE, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el proposito de lograr su recuperacion en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 5362009-PRODUCE de fecha 22 de diciembre del 2009, entre otros, autorizo la actividad extractiva del recurso merluza en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 06º00' LS, desde las 00:00 horas del dia 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2010, estableciendose la cuota total permisible de pesca de dicho recurso en 40 mil toneladas metricas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 037-2009PRODUCE publicado el 01 de enero del 2010, se modifico el numeral 4.1 del articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE; senalandose que la merluza es un recurso en recuperacion por lo que se requiere reducir el esfuerzo pesquero hasta permitir que los principales puntos de referencia biologicos se encuentren en niveles de seguridad; y que el manejo pesquero a traves de Regimenes Provisionales de Extraccion, se realizara en funcion a la asignacion del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) que seran no transferibles; Que, asimismo, el citado numeral dispone que, a partir del PMCE se obtendra el Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) para cada temporada de pesca, multiplicando el PMCE por la cuota total permisible anual recomendada por el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 024-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de enero del 2010, se establecen las disposiciones para la utilizacion, seguimiento y control de los PMCE y LMCE de las embarcaciones arrastreras para el recurso merluza y segun lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 9° de la citada Resolucion Ministerial, esta Direccion General mediante Resolucion Directoral publicara las relaciones de PMCE y LMCE, las que seran tambien notificadas a los armadores o empresas pesqueras; Que, en ese sentido, en cumplimiento de la normatividad indicada en el considerando anterior, es necesario expedir la Resolucion Directoral correspondiente que aprueba el listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), para la extraccion del recurso merluza; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 072-2010PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Merluza, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 037-2009-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 536-2009-PRODUCE, y la Resolucion Ministerial Nº 024-2010-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 53° del Reglamento de Ordenamiento de Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE;

Articulo 1°.- Aprobar el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) del recurso merluza, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Aprobar el Listado del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) del recurso merluza, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3°.- Los Anexos del Listado de los PMCE y LMCE, aprobados en los articulos 1° y 2°, seran publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 458462-1

SALUD
Designan Directora de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital Nacional Docente MORDAZA MORDAZA "San Bartolome"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 121-2010/MINSA MORDAZA, 12 de febrero del 2010 Visto el expediente Nº 10-005146-001 que contiene el Oficio Nº 0199.DG.HONADOMANI.SB.2010 del Director General del Hospital Nacional Docente MORDAZA MORDAZA "San Bartolome" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 996-2007/ MINSA del 27 de noviembre de 2007, se designo a la licenciada en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion, Nivel F-3 del Hospital Nacional Docente MORDAZA MORDAZA "San Bartolome" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; Que estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario dar termino a la designacion de la funcionaria MORDAZA citada y designar en su reemplazo a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Vice Ministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010; en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la licenciada en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion, Nivel F-3 del Hospital Nacional Docente MORDAZA MORDAZA "San Bartolome" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud. Articulo 2º.- Designar a la contadora publica MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion,

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