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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (17/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414012 Que, en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales de los años 2006, 2007, 2008 y 2009, se programaron transferencias de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales, Centros Acuícolas, Módulos de Comercialización y Otros Activos, los cuales se han venido transfi riendo según las pautas, lineamientos y plazos establecidos en las RM N° 110-2007-PCM y N° 224-2007-PCM (la infraestructura del año 2006), en las RSD N° 011-2008-PCM/SD (la del año 2007) y N° 052-2008-PCM/SD (la del año 2008) y en el DS N° 047-2009-PCM (la del año 2009), existiendo a la fecha un avance global del 52.5%; Que, mediante RSD N° 059-2009-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización aprobó la Directiva N° 004-2009- PCM/SD, para la transferencia de los fondos, programas, proyectos, empresas e infraestructura del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, asociados a las funciones transferidas como instrumentos de las mismas, con la cual se unifi can los dos procedimientos que venía utilizándose, desde el año 2003, tanto para la transferencia de funciones como para dichos instrumentos de las funciones transferidas, y se aprueba un procedimiento simplifi cado de transferencia sobre la base de la suscripción de Actas de Compromiso, a ser suscrito por las partes involucradas antes que se inicie el proceso de transferencia respectivo; Que, sobre la base de lo establecido en la primera Disposición Complementaria de dicha directiva, por la cual los procesos de transferencia en curso podían acogerse a los procedimientos establecidos en dicha directiva y, en la sétima Disposición Complementaria, por la cual los ministerios propondrán los procedimientos y plazos específi cos que normarán y regularán dichas transferencias, el Ministerio de la Producción, mediante Ofi cio N° 052-2009-PRODUCE/DVP, del 18 de enero de 2010, ha presentado una propuesta de directiva específi ca para la transferencia de los activos que aún están pendientes de transferencia, lo cual representa el 47.5% del total programado; Que, es necesario aprobar la directiva específi ca presentada por el Ministerio de la Producción, de conformidad a lo establecido en la sétima Disposición Complementaria de la directiva general, Directiva N°004-2009-PCM/SD, mediante la resolución secretarial correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27783, 28273, 27867 y 29158, los Decretos Supremos N° 007-2007-PCM y N° 010- 2007-PCM, la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 059-2009-PCM/SD y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva N° 001-2010-PCM/SD: “Directiva para la Transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales, comprendidos en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2006 al 2009”, que en Anexo forma parte de la presente resolución, en el marco de la Directiva N° 004-2009- PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 059-2009-PCM/SD. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN ROMERO LLOCLLA Secretario de Descentralización (e) DIRECTIVA N° 001-2010-PCM/SD DIRECTIVA PARA LA TRANSFERENCIA DE DESEMBARCADEROS PESQUEROS ARTESANALES Y CENTROS ACUÍCOLAS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN A LOS GOBIERNOS REGIONALES, COMPRENDIDOS EN LOS PLANES ANUALES DE TRANSFERENCIA DE LOS AÑOS 2006 AL 2009 I. OBJETIVO La presente directiva tiene por objetivo establecer los procedimientos que deben observarse para la transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas del Ministerio de la Producción a Gobiernos Regionales, programados en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2006, 2007 y 2008, que no hayan concluido aún su proceso de transferencia a la fecha de aprobación de la presente directiva, en el marco de lo dispuesto en las Resoluciones Ministeriales N° 110-2007-PCM y N° 224- 2007-PCM, así como los programados en el Plan Anual de Transferencia del año 2009, acorde con los Decretos Supremos Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 049- 2008-PCM, N° 083-2008-PCM y Nº 047-2009-PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 001- 2009-PCM/SD. II. FINALIDAD La presente directiva tiene por fi nalidad constituirse en una herramienta fundamental para realizar la transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas a los Gobiernos Regionales, programados en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2006, 2007, 2008 y 2009, que no hayan concluido aún con dicho proceso a la fecha de aprobación de la presente directiva, de acuerdo a la normatividad vigente, con miras a una adecuada gestión descentralizada de las funciones y servicios asociados, orientados al ciudadano. III. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modifi catorias. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modifi catorias. • Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. • Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. • Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. • Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, crea la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. • Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, precisa que los Ministerios son los responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva. • Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM. • Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007. • Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008. • Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM, establecen medidas para culminar procesos de transferencia programados en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007. • Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009. • Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 059-2009-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 004-2009- PCM/SD, Directiva para la Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Infraestructura y Otros Instrumentos asociados a las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, y la utilización de la Delegación de Competencias entre niveles de gobierno, en el marco del Proceso de Descentralización. IV. ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de cumplimiento obligatorio, por parte de los titulares de pliego, funcionarios y personal, nombrado o contratado del Ministerio de la Producción y de los Gobiernos Regionales y Locales involucrados, que se encuentren