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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (17/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414017 Cuadro de coordenadas UTM VÉRTICES INTERNOS 2 VÉRTICES ESTE NORTE 36 560281.95 9589644.06 37 560263.95 9589600.06 38 560171.95 9589578.06 39 559916.95 9589492.06 40 559737.36 9589513.17 41 559556.04 9589629.53 42 559598.10 9589748.66 43 559708.92 9589782.12 44 559868.96 9589804.05 45 560109.95 9589738.06 Artículo 3º.- Aprobar el valor del derecho de aprovechamiento para la concesión con fi nes de ecoturismo que se otorga, en US$ 1.60 (un dólar y sesenta centavos de dólar americano) por hectárea al año. Artículo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el Ministerio de Agricultura. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, realizar las verifi caciones o supervisiones que correspondan, en aplicación de lo establecido en la normativa forestal y de fauna silvestre. Artículo 6º.- Notifi car la presente resolución al señor Augusto Pérez Torero. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, a la Dirección de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre, a la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Tumbes, y al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 458287-1 Otorgan concesión para ecoturismo a favor de Econorte S.A.C., a desarrollarse en área ubicada en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0156-2010-AG Lima, 15 de febrero de 2010 VISTO: El Memorándum Nº 2113-2009-AG-DGFFS(DGEFFS) de fecha 02 de diciembre de 2009, por el cual la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, recomienda aprobar la propuesta técnica presentada por la empresa ECONORTE S.A.C. para la concesión directa de un área con fi nes de ecoturismo a desarrollarse en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura, es el órgano rector del Sector Agrario y establece la Política Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno y ejerce sus funciones en el marco del Decreto Legislativo Nº 997, teniendo como función específi ca dictar las políticas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales, la fl ora y la fauna silvestre, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0412-2006- AG y Resolución Ministerial Nº 632-2006-AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, los numerales 22.1 y 22.2 del artículo 22º de las citadas Disposiciones Complementarias, disponen que la concesión con fi nes de ecoturismo se otorga mediante Resolución Jefatural del INRENA, la cual es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano e incluye la aprobación de la propuesta técnica, en caso de concesión directa; indicando asimismo, que para que se haga efectiva la concesión el otorgamiento se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; Que, habiendo cumplido con la publicación del resumen y los avisos previstos en el artículo 8º de las acotadas Disposiciones Complementarias, y al no presentarse otros interesados, con Carta Nº 030-2009-AG-DGFFS de fecha 11 de febrero de 2009, se informa al señor Juan Manuel Benavides Ratto en su calidad de Gerente General de la empresa ECONORTE S.A.C. según Partida Nº 11013724 de la Ofi cina Registral de Tumbes, que su solicitud para concesión continuará bajo modalidad de concesión directa y se le autoriza a presentar su propuesta técnica, de conformidad con lo señalado en el artículo 18º de las Disposiciones Complementarias aprobadas por Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG y sus modifi catorias; Que, con Carta de fecha 15 de mayo de 2009, el Gerente General de la empresa ECONORTE S.A.C. señor Juan Manuel Benavides Ratto, presentó la propuesta técnica para el otorgamiento de una concesión de ecoturismo, cuyas observaciones fueron subsanadas el 17 de setiembre de 2009; Que, por Resolución Jefatural Nº 212-2006-INRENA de fecha 08 de agosto de 2006, se aprobó los criterios para califi cación de las propuestas técnicas para concesiones de ecoturismo tanto en los procesos de concurso público como de concesión directa; Que, por otro lado el artículo 20º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone que todo aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribución económica que se determina por criterios económicos, sociales y ambientales; Que, el artículo 19º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modifi catorias, prescribe que todo aprovechamiento de productos forestales y de fauna silvestre está sujeto al pago de derechos a favor del Estado que no constituye impuesto; Que, asimismo el numeral 70.5 del artículo 70º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, señala que el valor de la retribución económica de una concesión para ecoturismo se fi ja en función a la superfi cie solicitada; Que, el artículo 5º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG y sus modifi catorias, regula los criterios para establecer los derechos de aprovechamiento en este tipo de concesiones, señalando que su valor se determina para cada contrato; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 340-2008- INRENA del 24 de diciembre de 2008, se aprobaron los criterios para la determinación del derecho de aprovechamiento en las concesiones para ecoturismo, que se encuentren total o parcialmente fuera de bosques de protección permanente y fuera del ámbito de áreas naturales protegidas; Que, mediante Informe Nº 2730-2009-AG-DGFFS- DGEFFS de fecha 25 de noviembre de 2009, la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de fauna Silvestre, recomienda aprobar la propuesta técnica presentada por la empresa ECONORTE S.A.C. al haber alcanzado el 76% del puntaje, superando así el mínimo indispensable y otorgar la concesión con fi nes de ecoturismo solicitada; Que, el citado Informe recomienda asimismo, aprobar en el acto administrativo de aprobación de propuesta técnica y otorgamiento de concesión con fi nes de ecoturismo, el valor del derecho de aprovechamiento fi jado