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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (17/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414027 PETROLERA DEL PERÚ, INC., SUCURSAL DEL PERÚ, a OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ; así como la Cesión de Posición Contractual en el referido Contrato de Licencia, por parte de OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERÚ, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ, y PETROBRAS ENERGÍA PERÚ S.A.; y, la modifi cación del contrato derivada de dicha Cesión; Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2007- EM, de fecha 20 de noviembre de 2007, se aprobó la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, con el objeto de la sustitución del Garante Corporativo, que será asumido por TALISMAN ENERGY INC., en reemplazo de OCCIDENTAL PETROLEUM CORPORATION; Que, OCCIDENTAL PETROLERA DEL PERU, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ, mediante escritura pública de fecha 05 de febrero de 2008, modifi có su denominación social a TALISMAN PETROLERA DEL PERU, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ; Que, con Carta N° Per-0001-09-TPP, de fecha 13 de mayo de 2009, TALISMAN PETROLERA DEL PERU, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ, comunicó a PERUPETRO S.A. que por el cambio del domicilio social de su sociedad principal, TALISMAN PETROLERA DEL PERU LLC, de la Isla de Nevis a Luxemburgo, debe modifi carse la denominación social de la sociedad principal de TALISMAN PETROLERA DEL PERU LLC a TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l.; Que, en la Cláusula Tercera de la Escritura Pública, de fecha 24 de julio de 2009, otorgada ante el Notario de Lima Ricardo Fernandini Barreda, se estableció, entre otros, que mediante Asamblea General Extraordinaria de TALISMÁN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l., de fecha 17 de abril de 2009, se acordó la fusión de TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l., con las sociedades TALISMAN (PERU) S.á.r.l. y TALISMAN PERU B.V., mediante la absorción de TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l. y TALISMAN (PERU) S.á.r.l., por parte de TALISMAN PERU B.V.; Que, como inserto de la Escritura Pública, de fecha 24 de julio de 2009, otorgada ante el Notario de Lima Ricardo Fernandini Barreda, se encuentran las Resoluciones Circulares del Consejo Administrativo de TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l., de fecha 19 de febrero de 2009, cuya Resolución Segunda establece que el Consejo resuelve que el nombre de la Sucursal sea cambiado en el registro peruano de la Sucursal, debido al cambio de jurisdicción y cambio de domicilio de la Compañía, de TALISMAN PETROLERA DEL PERÚ, LLC, SUCURSAL DEL PERÚ a TALISMAN PETROLERA DEL PERÚ, S.á.r.l., SUCURSAL DEL PERÚ; Que, como consecuencia de la fusión de TALISMAN PERU B.V., con las sociedades TALISMAN (PERU) S.á.r.l. y TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l., mediante la absorción de TALISMAN (PERU) S.á.r.l. y TALISMAN PETROLERA DEL PERU S.á.r.l., por parte de TALISMAN PERU B.V.; sus sucursales en el Perú, TALISMAN (PERU), S.á.r.l., SUCURSAL PERUANA, y TALISMAN PETROLERA DEL PERU, S.á.r.l., SUCURSAL DEL PERÚ, se fusionaron con TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, siendo absorbidas por esta última; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 100-2009, de fecha 26 de noviembre de 2009, aprobó el Proyecto de Modifi cación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1°.- De la Aprobación de la Modifi cación Aprobar la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, aprobado por Decreto Supremo N° 026- 2004-EM, y sucesivamente modifi cado por los Decretos Supremos N° 042-2006-EM y N° 063-2007-EM, con el objeto de refl ejar la fusión de TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, con TALISMAN (PERU), S.á.r.l., SUCURSAL PERUANA, y TALISMAN PETROLERA DEL PERU, S.á.r.l., SUCURSAL DEL PERÚ, estas dos últimas absorbidas por TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, la que será parte del Contratista en el presente Contrato de Licencia. Artículo 2°.- De la Autorización para suscribir la Modifi cación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERÚ, REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ, y PETROBRAS ENERGIA PERÚ S.A., con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 103, que se aprueba en el artículo 1°. Artículo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 458802-2 INTERIOR Establecen nueva conformación del Equipo de Trabajo VI, encargado de la Tercerización de los Alimentos para el Personal de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0163- 2010-IN Lima, 13 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Ministerial N° 0604-2009-IN se constituyeron 32 Equipos de Trabajo conformados por profesionales del Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, para presentar desde un enfoque integral las mejores alternativas de solución para cada uno de los problemas identifi cados en el Sector Interior; Que, entre los mencionados Equipos de Trabajo se encuentra el Equipo de Trabajo VI, encargado de la Tercerización de los Alimentos para el Personal de la Policía Nacional del Perú, integrado, entre otros, por el señor Abogado José Alberto RETAMOZO LINARES, el Señor Coronel PNP Elmer Eduardo JIMENEZ VILLANUEVA y el Señor Coronel PNP Guido Sergio ESCALANTE CHEN, entonces Secretario General del Ministerio del Interior, representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú y representante de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, respectivamente; Que, atendiendo a los recientes cambios de personal ocurridos en el Ministerio del Interior y a fi n de garantizar el funcionamiento del Equipo de Trabajo en cuestión, resulta necesaria su reconformación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reconformar el Equipo de Trabajo VI, encargado de la Tercerización de los Alimentos para el Personal de la Policía Nacional del Perú, conformado