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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de febrero de 2010 414010 Vista, la Carta Núm. 039-2010/GEG-INDECOPI del Gerente General Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, entre el 22 y el 26 de febrero de 2010, se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, la Reunión Adicional de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú; Que, la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante el Facsímil Circular Núm. 21-2010-MINCETUR/VMCE/DNINCI ha invitado al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a fi n que designe a un representante que participe en la referida reunión adicional, tomando en cuenta las áreas temáticas de su competencia; Que, en las referidas negociaciones se tratarán temas de trascendencia vinculados a la propiedad intelectual; Que, asimismo, se espera culminar en el citado evento con el proceso de negociación sobre materias tales como patentes, datos de prueba, conocimientos tradicionales y biodiversidad, las cuales constituyeron el mayor debate en la última reunión adicional celebrada en la ciudad de Lima, del 18 al 22 de enero de 2010; Que, en ese sentido, el INDECOPI ha considerado conveniente que a dichas negociaciones asista el Director de Invenciones y Nuevas Tecnologías, a efecto de dotar de respaldo técnico a la posición del Perú en la Mesa de Trabajo de Propiedad Intelectual; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, serán asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Núm. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; el Decreto Legislativo Núm. 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Núm. 047-2002- PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Bruno Merchor Valderrama, Director de Invenciones y Nuevas Tecnologías, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 20 al 24 de febrero de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 700,00 Viáticos US$ 780,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 458802-4 Designan representante del CONCYTEC ante el Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología en el marco del Contrato de Préstamo Núm. 1663/OC- PE suscrito con el BID RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2010-PCM Lima, 15 de febrero de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 554-2009-CONCYTEC-P del Presidente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y, CONSIDERANDO: Que, el Anexo A del Contrato de Préstamo Núm. 1663/ OC-PE suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Interamericano de Desarrollo prevé que el Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología se encuentra integrado, entre otros, por un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, quien lo presidirá; Que, por Resolución Ministerial Núm. 526-2009-PCM se aceptó la renuncia del señor Francisco Rafael Sagasti Hochhausler como representante del CONCYTEC ante el citado Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología; Que, en consecuencia es pertinente designar al representante del CONCYTEC ante el Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor JULIO CÉSAR CAVERO JARA como representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC ante el Consejo Directivo del Programa de Ciencia y Tecnología, en el marco del Contrato de Préstamo Núm.1663/OC-PE suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Interamericano de Desarrollo, quien lo presidirá y desempeñará su cargo ad honorem. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 458512-1 Aprueban Directiva para la Transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales, comprendidos en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2006 al 2009 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 007-2010-PCM/SD Lima, 29 de enero de 2010 VISTO: El Ofi cio N° 052-2009-PRODUCE/DVP y el Informe N° 003-2010-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM;