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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de febrero de 2010 414516 DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 000 000,00), para las adquisiciones de uniformes, chompas y calzado para escolares, en el marco de lo establecido en el artículo 1° del Decreto de Urgencia Nº 100-2009, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 60 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 60 000 000,00 ============ A LA : En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES FUNCION 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 006 : Gestión SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0008 : Asesoramiento y Apoyo ACTIVIDAD 015899 : Promoción y Dinamización de Mercados MYPES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5. Otros Gastos 60 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 60 000 000,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. La Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 461175-1 Designan Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado - PRO VALOR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2010-EF Lima, 23 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al sector economía y fi nanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2009-EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Que, el Artículo 10° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que los Comités Especiales están conformados por los Comités de PROINVERSIÓN y se constituyen por Resolución Suprema del Sector Economía y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN; Que, mediante Resolución Suprema N° 047-2009-EF, de fecha 29 de abril de 2009, se designaron a los miembros permanentes de los Comités Especiales de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2010-EF, publicada el 08 de enero de 2010, se designó al señor Jorge León Ballén como Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 27 de enero de 2010, aceptó la renuncia presentada por el señor Jorge León Ballén al cargo de Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado – PRO VALOR, con efectividad a la fecha de su nombramiento como Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN; acordándose nombrar en su reemplazo a la señorita Ana Asunción Ampuero Miranda; De conformidad con el numeral 4 del Artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2009-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Jorge León Ballén al cargo de Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado – PRO VALOR, con efectividad al 08 de enero de 2010, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Designar a la señorita Ana Asunción Ampuero Miranda como Miembro Permanente del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros proyectos del Estado – PRO VALOR. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 461175-9