Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2010 (24/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

414526
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de febrero de 2010

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Que, el "Acuerdo entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica sobre el Desempeno de Actividades de Caracter Lucrativo por Ciertos Miembros de la Familia del Personal Diplomatico y Consular", fue suscrito el 24 de junio de 2008, en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nro. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica sobre el Desempeno de Actividades de Caracter Lucrativo por Ciertos Miembros de la Familia del Personal Diplomatico y Consular", suscrito el 24 de junio de 2008, en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica. Articulo 2.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

460857-2

Ratifican Enmienda Nº 49 al Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas con los Estados Unidos de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 010-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Nº 49 al "Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de America", fue formalizada mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 1075 de fecha 24 de setiembre de 2007 y Nota RE (VSG-SME-DCD) Nº 6-3/383 de fecha 28 de setiembre del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la Enmienda Nº 49 al "Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de America", formalizada mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 1075 de fecha 24 de setiembre de 2007 y Nota RE (VSG-SMEDCD) Nº 6-3/383 de fecha 28 de setiembre del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

460857-1

Ratifican el Acuerdo de Donacion entre la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru para el Proyecto de Construccion de la Nueva Sede del Instituto Nacional de Rehabilitacion "Dra. MORDAZA MORDAZA Flores"
DECRETO SUPREMO Nº 009-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Donacion entre la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru para el Proyecto de Construccion de la Nueva Sede del Instituto Nacional de Rehabilitacion "Dra. MORDAZA MORDAZA Flores", fue suscrito el 5 de febrero de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherirse a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo de Donacion entre la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru para el Proyecto de Construccion de la Nueva Sede del Instituto Nacional de Rehabilitacion "Dra. MORDAZA MORDAZA Flores", suscrito el 5 de febrero de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del dos mil diez.

460857-3

Ratifican Enmienda Nº 50 al Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas con los Estados Unidos de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 011-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº 50 al Acuerdo Operativo del Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccion y el Trafico Ilicitos de Drogas entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de America", fue formalizada mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 1097 de fecha 26 de setiembre del 2007 y Nota RE (VSG-SME-DCD) Nº 63/383 de fecha 28 de setiembre del 2007 en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru;

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