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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (27/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de febrero de 2010 414710 Encargan la Presidencia Ejecutiva del IRTP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2010-PCM Lima, 26 de febrero de 2010 VISTA: La Resolución Suprema N° 044-2010-RE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 134-2009- PCM, se designó al señor Ricardo Ghibellini Harten como miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el referido funcionario, por Resolución Suprema N° 044-2010-RE, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa de Brasil; Que, en consecuencia, resulta necesario encargar la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP en tanto se designa a la persona que desempeñe el cargo de miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión – IRTP; aprobado por Decreto Supremo N° 056-2001-ED, modifi cado por Decreto Supremo N° 009-2003-PCM y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor Ricardo Ghibellini Harten en el cargo de miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar a la abogada María Luisa Málaga Silva, miembro del Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en tanto se designa a la persona que desempeñe el cargo de miembro del Consejo Directivo y Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 462593-6 ECONOMIA Y FINANZAS Incorporan recursos en el Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2010, en el marco de la Ley Nº 29285 DECRETO SUPREMO N° 070-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29285 se establece la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público, para el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave los servicios de transporte aéreo de pasajeros desde o hacia la ciudad de Iquitos; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29285 dispone que los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público, emitidos al amparo de la referida Ley, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizando a dicho Ministerio para que, mediante Decreto Supremo, incorpore en su presupuesto los recursos necesarios para el cumplimiento de la citada Ley; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 29285; DECRETA: Artículo 1°.- Autoriza Incorporación de Recursos Incorpórese, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 recursos hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.24 420 000,00), para atender la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público, según lo establecido en la Ley Nº 29285, de acuerdo al detalle siguiente: (En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 24 420 000,00 --------------------- T OTAL INGRESOS : 24 420 000,00 ============ EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia (En Nuevos Soles) PROGRAMA FUNCIONAL 011 : Transferencias e Intermediación Financiera SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0019 : Transferencias de Carácter General ACTIVIDAD 1.000267 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORIA DE GASTO GASTOS CORRIENTES 5. Otros Gastos 24 420 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS : 24 420 000,00 =========== Artículo 2.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suplementario, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 462593-1