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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de febrero de 2010 414727 personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 441/ INC de fecha 23 de mayo de 2002, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al sitio arqueológico Kotosh, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; Que, mediante Informe Nº 099-2010-SDIC-DA-DREPH/ INC de fecha 11 de enero de 2010, el cual hace suyo la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, se recomienda que el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Kotosh pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación correspondiente, asimismo se modifi que la clasifi cación del mencionado monumento, debiendo corresponderle la de zona arqueológica monumental; Que, mediante Acuerdo Nº 072 de fecha 15 de enero de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: 1. Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 441/INC de fecha 23 de mayo de 2002, en lo referido a la clasifi cación del monumento arqueológico prehispánico Kotosh, debiendo corresponderle la de zona arqueológica monumental, ratifi cando los demás extremos del precitado artículo. 2. Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Kotosh. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 441/INC de fecha 23 de mayo de 2002, en lo referido a la clasifi cación del monumento arqueológico prehispánico Kotosh, debiendo corresponderle la de zona arqueológica monumental, ratifi cando los demás extremos del precitado artículo. Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Kotosh, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Kotosh HCO-TOP- 01-1/1 HCO-TOP- 01-1/1 197516.783 19.7516 1987.820 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 461274-3 Aprueban nueva delimitación de la Zona Monumental de Ancón, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 303/INC Lima, 18 de febrero de 2010 Visto: el Memorándum Nº 022-2008-SDCH-DPHCR/ DREPH, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 022-2008-SDCH- DPHCR/DREPH de fecha 02 de abril de 2008, la Sub Dirección de Centros Históricos solicita a la Sub Dirección de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, realizar la investigación histórica de poblamiento de la ciudad de Ancón entre otros; Que, se trata de una Zona Monumental declarada mediante Resolución Jefatural Nº 009-1989-INC/J de fecha 12 de enero de 1989, el área comprendida en la siguiente poligonal: Av. Pedro Ruiz, Calle Andalucía, Calle Toledo, Av. José Quiñónez González, Calle Leoncio Prado, Calle Grau, Calle Mariscal Nieto, Calle 7 de Enero, Calle Nazareth, Calle Panamá, Av. Junín, Av. Luis González, Av. Bolognesi, Av. José Leonardo Ortíz, Calle Elías Aguirre (Calle Real), Calle San Martín, Calle José Lora y Cordero, Av. Luis González y nuevamente Av. Pedro Ruíz; según plano 88-0172; Que, con Informe Nº 045-2008-DMVE-SDIH-DPHCR/ INC de fecha 10 de julio de 2008, la Sub Dirección de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, presenta el estudio solicitado, con los datos históricos detallando la evolución del distrito a través de los años; Que, mediante Informe Nº 085-2009-LGC-SDCH- DPHCR/INC de fecha 10 de junio de 2009 y el Plano Nº DZM 02 de código: INC-DPHCR-SDCH-DZM-02-2009 que la Sub Dirección de Centros Históricos de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano hace suyo, se realiza la evaluación y propuesta de la nueva delimitación de la Zona Monumental de Ancón, tomando en cuenta la investigación histórica antes mencionada; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo, emitió el Acuerdo Nº 08 de fecha 12 de junio de 2009, considerando que: Ancón se inicia como pueblo y caleta de pescadores en el año 1839, con sus casas de totora, a donde llegaban en los veranos algunas familias terratenientes de las haciendas de los alrededores y como “balneario” a fi nes de la década de 1860, durante el gobierno de don José Balta, etapa fi nal del “Apogeo del Guano” e inicios de la gran crisis económica y política que preludia la guerra con Chile (1879-1884); Que, Ancón nace como un futuro desarrollo portuario complementario al Callao, que se perfi laba más bien como una “plaza fuerte”, y como alternativa menos costosa de balneario para nuevos sectores emergentes de la sociedad de la época y fue elevado a la categoría de puerto menor en 1872 dependiente del Callao, y en el año 1874 fue elevado de caserío a distrito por su prosperidad comercial del lugar; Que, el desarrollo de las obras del ferrocarril y la urbanización de Ancón, permitieron descubrir importantes yacimientos prehispánicos en los alrededores de Ancón, lo que llevó en 1874 a los científi cos alemanes Wilhem Reiss y Alphone Stubell a iniciar sus estudios sobre esta Necrópolis desarrollando un plano de la zona en donde se muestra los inicios de Ancón, “localidad pequeña pero bien trazada”, según este plano, la línea del ferrocarril llegaba hasta el lugar piedras gordas y se acercaba a la playa, teniendo al lado izquierdo a la población y a la derecha al barrio de los pescadores, desvastado por el terremoto de 1868 se vuelve a construir una nueva escuela y un nuevo templo;