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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de febrero de 2010 414725 marzo de 2010, a la licenciada Irma Graciela López de Castilla Delgado, para asumir las funciones de la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural de la Biblioteca Nacional del Perú, por motivo de vacaciones del licenciado Ignacio Arana Bullón. Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web Institucional (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. NANCY ALEJANDRINA HERRERA CADILLO Directora Nacional (e) 461688-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Lima, Ica y La Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 295/INC Lima, 17 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 2463-2009-SDIC-DA/ DREPH/INC de fecha 14 de diciembre de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Culebra 1 y Cerro Culebra 2, así como la aprobación de sus respectivos expedientes técnicos; Que, mediante Acuerdo Nº 078 de fecha 15 de enero de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos Cerro Culebra 1 y Cerro Culebra 2, ubicados en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; recomendándose además la aprobación de sus respectivos expedientes técnicos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Lima Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cerro Culebra 1 Chaclacayo 308127.7976 8675549.0319 307903.1994 8675181.1963 Cerro Culebra 2 Chaclacayo 308953.5630 8675782.2057 308728.9651 8675414.3717 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Cerro Culebra 1 PP-003-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 PSAD56 PP-003-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 WGS84 186981.90 18.6981 1839.85 Cerro Culebra 2 PP-004-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 PSAD56 PP-004-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 WGS84 638166.75 63.8166 3220.30 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 461274-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 297/INC Lima, 17 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe N° 4072-2009-AAA-SDSP- DA/DREPH/ INC, de fecha 29 de setiembre de 2009, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología informa que se han registrado tres (03) monumentos arqueológicos prehispánicos en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica de reconocimiento sin excavaciones Complejo Petroquímico de CF Industries en San Juan de Marcona”, a cargo del Lic. Piero Francesco Guarisco Canseco, con R.N.A. Nº AG-0010, concluyendo además que el informe fi nal del precitado proyecto de evaluación cumple con lo estipulado en el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; Que, mediante Acuerdo Nº 0862, de fecha 02 de octubre de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos