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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de julio de 2010 421685 que este proceso técnico político incluye la planifi cación y asignación de uso del territorio basado en el proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2010- MPH de fecha 20 de abril del 2010, en su Artículo Primero se declaró de prioridad la Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral y en su Artículo Segundo se dispuso que la Gerencia de Desarrollo Urbano convoque a las Instituciones Públicas y Privadas, así como a las Organizaciones Sociales de Base de la Provincia de Huaral, para la presentación del cronograma de trabajo dentro del proceso de la Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral, en coordinación con COOPERACCIÓN & PERÚ WASTE INNOVATION SAC. Que, mediante Ley Nº 26821 – Ley Orgánica para el aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, se establece como objetivo el promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y no renovables; conservando los recursos naturales, el medio ambiente y el desarrollo integral de la persona humana. Que, mediante Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM se aprueba el Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE), el cual en sus Artículos 1º y 2º señala que la fi nalidad de la Zonifi cación Ecológica y Económica es orientar la toma de decisiones en relación a los mejores usos de un territorio considerando las necesidades de la población que la ocupa y en armonía con el medio ambiente. Que, el Artículo 16º del Reglamento precitado prescribe que cada proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica desarrollado en el ámbito Regional y Local requiere la conformación de una Comisión Técnica, la misma que será constituida mediante Ordenanza Regional o Local según corresponda. Asimismo, el Artículo 21º de dicho reglamento de la Zonifi cación Ecológica y Económica, estipula que la misma comprende dos aspectos fundamentales: a) Conformación de una Comisión Técnica, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16º del Reglamento y b) Desarrollo del Proceso de Formulación de la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE), el mismo que será desarrollado en tres niveles; Nacional, Regional y Local. Que, a través de Informe Nº 269-2010-MPH-GDU de fecha 05 de Mayo del 2010, la Gerencia de Desarrollo Urbano, recomienda, previa opinión legal, elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo Municipal el Proyecto de Ordenanza Municipal que Reglamenta el Proceso de la Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral y Aprueba la Conformación de la Comisión Técnica y con Informe Nº 240-2010-MPH-AOJ/ CCCH, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, recomendando elevar la propuesta al Pleno de Sesión de Concejo a efecto de lograr su aprobación. Asimismo, mediante informe Nº 130-2010-MPH-GM, la Gerencia Municipal recomienda elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo a fi n de que se apruebe la Conformación de la Comisión Técnica de Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral. Que, por medio del Dictamen Nº 002-2010-CSSAE, la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología sugiere al Pleno del Concejo Municipal de Huaral la aprobación del Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral y Aprueba la Conformación de la Comisión Técnica, en todos sus extremos con la única modifi cación de su Artículo 1º inciso c). Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los Numerales 7) y 8) del Artículo 9º, Artículo 20º y Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, y con el voto Unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA PROVINCIA DE HUARAL Y APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA Artículo Primero.- APROBAR la conformación de la Comisión Técnica de la Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral, la cual estará integrada por las siguientes instituciones: a) Alcalde la Municipalidad Provincial de Huaral. b) Un representante de los Alcaldes Distritales. c) El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Huaral. d) Un representante de la Autoridad Local del Agua. e) Un representante de la Comisión de Regantes del Valle de Huaral. f) Un representante de las Universidades existentes en la Provincia. g) Un representante de la Cámara de Turismo de Huaral. h) Un representante de la Cámara de Comercio de Huaral. i) Un representante de la Dirección Regional de Salud (de los Servicios de Salud de la Provincia). j) Un representante de las Comunidades Campesinas. k) Un representante de las Organizaciones de las Mujeres de la Provincia de Huaral. l) Un representante de las Organizaciones y/o agrupaciones Juveniles de la Provincia de Huaral. m) Dos representantes de empresas privadas. n) Un representante del Ministerio Público. o) Un representante del Poder Judicial – Sede Huaral. p) Un representante de la Unidad de Gestión Educativa Local. q) Uno o dos representantes de las ONGs existentes en la Provincia. r) El Equipo Profesional de CooperAcción. Artículo Segundo.- Otorgar las facilidades correspondientes a los representantes de CooperAcción, entidad contratada por la Municipalidad Provincial de Huaral a fin de que puedan desarrollar el presente proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica. Artículo Tercero.- La dirección del Proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral, estará a cargo de CooperAcción, bajo la Supervisión de la Municipalidad Provincial de Huaral, a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Cuarto.- La Comisión Técnica para la Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia de Huaral, tendrá las siguientes funciones: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica. b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y los procesos de difusión y capacitación. c) Consolidar los resultados de la Zonifi cación Ecológica y Económica. Artículo Quinto.- La convocatoria al Proceso de la Zonifi cación Ecológica y Económica, llámese Conferencias de Prensa, Talleres de Capacitación y Difusión, estará a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaral, por medio de la Gerencia de Desarrollo Humano, la cual deberá coordinar con el responsable de la Dirección del Proceso de la Zonifi cación Ecológica y Económica. Artículo Sexto.- ENCARGAR la difusión de la presente Ordenanza Municipal a la Sub Gerencia de Sistemas, debiéndose publicar en la página web de la institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Única.- La Comisión Técnica Provincial de Zonifi cación Ecológica y Económica, queda facultada para convocar la participación de otras instituciones con responsabilidad y/o interés en el tema. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 514074-1