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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de julio de 2010 421681 acreedores de cupones los contribuyentes que optaron por fraccionar sus deudas en los casos siguientes: a. Los contribuyentes que al 30 de Junio de 2010, cancelen por adelantado la totalidad de sus cuotas fraccionadas de impuesto predial y/o arbitrios de limpieza pública, parques y jardines, tienen derecho a 2 cupones. b. Los contribuyentes que al 06 de Agosto de 2010, estén al día en el pago de sus cuotas fraccionadas de impuesto predial y/o arbitrios de limpieza pública, parques y jardines, tienen derecho a 1 cupón (Los contribuyentes que cancelen sus deudas el 06.08.2010 sólo participarán en el sorteo quienes lo efectúen hasta las 12 horas). Artículo 5º.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las Bases del sorteo descrito en el primer artículo del presente. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la organización del sorteo precedentemente descrito, a la Subgerencia de Informática y Estadística la realización de los procesos informáticos e identifi cación de los contribuyentes y a la Unidad de Comunicación Municipal la difusión del sorteo público aprobado. Artículo 7º.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a efectuar gastos fi nancieros, hasta por un monto de S/. 60,000.00 destinados a la adquisición de los premios, campaña de difusión, gastos notariales, ministeriales, alquiler de ánforas, regalos sorpresas a los asistentes, movilidad, refrigerios y otros, conforme al presupuesto desagregado que, en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria, presentará con la debida anticipación a la Gerencia Municipal. Asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas dentro de los 10 días de haberse realizado el Sorteo. Artículo 8º.- AUTORIZAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, ejecutar las acciones presupuestarias que correspondan, para cumplir con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 9º.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del Acta para la inmediata publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 514024-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Aprueban Ordenanza que norma el Régimen Jurídico de Canes en el CP Santa María de Huachipa (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa mediante Ofi cio N° 080-2010/ALC-MCPSMH, recibido el 2 de julio de 2010) ORDENANZA Nº 74-MCPSMH Santa María de Huachipa, 15 de abril del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL C. P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo del C.P. de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de abril de 2009; y, Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 195º modifi cado por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización” señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales del desarrollo. Que, el numeral 4) inciso 4.2 del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 señala que las municipalidades en materia de saneamiento, salubridad y salud provee los servicios de saneamiento rural y coordinan con las municipalidades de centros poblados para la realización de campañas de control de epidemias y de control de sanidad animal. Que, en la Ley Nº 27265 “Ley de Protección a los Animales Domésticos y a los Animales Silvestres mantenidos en Cautiverio” se ha establecido que se encuentra prohibido todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre directa o indirectamente. Que, la Ley Nº 27596 “Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2002-SA tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico que regula la crianza, adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes, especialmente aquellos considerados potencialmente peligrosos, dentro del territorio nacional, con la fi nalidad de salvaguardar la integridad, salud y tranquilidad de las personas. Estando a los fundamentos expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los Señores Regidores asistentes a la sesión de concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE NORMA EL RÉGIMEN JURÍDICO DE CANES EN EL C.P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo 1º.- Aprobar, la Ordenanza que norma el Régimen Jurídico de Canes en el C.P. Santa María de Huachipa, que consta de 30 artículos y 8 disposiciones transitorias y complementaria, el mismo que forma parte integrante de la presente norma Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, www.munihuachipa.gob.pe Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 514034-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran de interés local el cambio específico de zonificación de lote ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 50-2010-ACSS Santiago de Surco, 30 de junio del 2010 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha;