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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de julio de 2010 421682 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 003-2010-CDL- CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1617-2010-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 643-2010- GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Expediente Nº 1103612009, el Informe Nº 021-2010-MDC-ACE del Área de Certifi caciones, los Informes Nros. 058 y 257-2010- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, los Informes Nros. 031 y 168-2010- GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 98-2010-GAJ-MSS y el Informe Nº 568- 2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, sobre propuesta de Declaración de Interés Local del Cambio de Zonifi cación solicitado por la Provincia Misionera San Francisco Solano, del inmueble ubicado en el Jirón Los Tilos Mz. G Lote 13, Urbanización El Palmar, del distrito de Santiago de Surco, de Residencial Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU). CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 1103612009 del 24.07.2009, la Provincia Misionera San Francisco Solano solicita el Cambio de Zonifi cación del predio ubicado en la Mz. G, Lt. 13, esquina del cruce de Jr. Los Tilos y Calle Las Mandarinas, Urbanización El Palmar, Santiago de Surco, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), adjuntando entre otros documentos, Planos de ubicación y Partida Registral del terreno, para la procedencia de la declaración del cambio de zonifi cación para uso religioso; Que, con Informe Nº 2010-2009-HLO-ACA del 27.11.2009, el Supervisor de Catastro Ing. Roberto López Stuva da cuenta de la realización de la encuesta vecinal sobre pedido de cambio de zonifi cación, adjuntando los resultados de las Encuestas, Constancias de visitas y Listado de propietarios intervinientes; Que, mediante Informe Nº 058-2010-SGPUC-GDU- MSS del 19.01.2010, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en concordancia con el Informe Nº 021-2010-MDC-ACE del 11.01.2010 del Área de Certifi caciones, señala que de acuerdo a la Ordenanza Nº 1076-MML, el predio materia del presente, se encuentra califi cada con zonifi cación Residencial Densidad Media (RDM), encontrándose el inmueble frente a vías locales, Jr. Los Tilos esquina con Calle Las Mandarinas y cerca de la vía colectora Jorge Chávez. Asimismo señala que, el terreno materia de cambio de zonifi cación se encuentra inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos en la Partida Nº 46504402, registrándose como propietarios a nombre de la Provincia Misionera de San Francisco, agregando que el mismo se encuentra frente a Parque, existiendo una edifi cación de una Capilla, opinando por la procedencia del cambio de zonifi cación de Residencial Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), en atención al resultado de la encuesta, el cual señala que de los 36 (100%) encuestados: 28 (77.77%) emitieron opinión favorable, 0 (0%) opinión desfavorable, 0 (0%) se abstienen y 8 (22.22%) no contestaron; Que, con Informe Nº 031-2010-GDU-MSS del 26.01.2010, la Gerencia de Desarrollo Urbano indica que, el Cambio Especifi co de Zonifi cación del terreno materia del presente, presentado por la Provincia Misionera San Francisco Solano, para que efectúen la regularización de la Capilla edifi cada hace 30 años, cuenta con opinión favorable de los vecinos de la zona. En tal sentido, opina que el Cambio Especifi co de Zonifi cación solicitado por la Provincia Misionera San Francisco Solano, resulta técnicamente procedente, el mismo que constituye de interés local, por cuanto dicha Capilla brinda servicios a la comunidad surcana, como los servicios litúrgicos (misas, bautizos, primera comunión, misas dominicales) y la realización de reuniones con la comunidad surcana conformada por niños, jóvenes y adultos; Que, en atención a las observaciones efectuadas por la Gerencia de Asesoría Jurídica con Memorándum Nº 98-2010-GAJ-MSS del 27.01.2010, la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Informe Nº 168-2010-GDU- MSS del 05.05.2010, adjunta el Informe Nº 257-2010- SGPUC-GDU-MSS del 23.03.2010 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en donde se absuelve las observaciones efectuadas, señalando que el predio en consulta se encuentra dentro del Área de Tratamiento Normativo II, por lo tanto corresponde la norma establecida por la Ordenanza Nº 1076-MML, además la Institución administrada cumple con presentar copia debidamente fedateada de la Vigencia del poder a favor del Rvdo. Félix Santamaría Benito. Finalmente y para evitar confusiones, con respecto al nombre de la Capilla se precisa que el nombre correcto que se debe tener presente para la continuación del procedimiento es el de Capilla Cristo Mediador; Que, con Informe Nº 568-2010-GAJ-MSS del 21.05.2010, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta lo establecido en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1076-MML “Que aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los distritos de Barranco, Surquillo y de un sector de los distritos de Chorrillos y Santiago de Surco, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana y de un sector del distrito de Chorrillos que es parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana”, en concordancia con lo establecido en el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es competencia del Concejo Municipal que vía Acuerdo de Concejo se declare de interés local la propuesta de Cambio de Zonifi cación formulada por la Gerencia de Desarrollo Urbano a solicitud de la Provincia Misionera San Francisco Solano; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica agrega que, dado que dicha propuesta se encuentra dentro del supuesto de Cambio de Zonifi cación, en consecuencia le resulta aplicable la normativa aprobada mediante la Ordenanza Nº 1076-MML, teniendo en cuenta además que la misma cuenta con los Informes de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro (Informes Nros. 058 y 257-2010-SGPUC-GDU-MSS) y de la Gerencia de Desarrollo Urbano (Informes Nros. 031 y 168-2010-GDU- MSS), a través de los cuales opinan porque se declare el Interés Local la propuesta de Cambio Especifi co de Zonifi cación presentado por la recurrente; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye opinando favorablemente por la procedencia de la declaración de Interés Local a la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación de la Gerencia de Desarrollo Urbano a solicitud de la Provincia Misionera San Francisco Solano como propietaria del inmueble ubicado en Jirón Los Tilos, Mz. G, Lt. 13, Urbanización El Palmar, Santiago de Surco, de Residencial Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), la cual deberá ser declarada vía Acuerdo de Concejo conforme al procedimiento establecido en la Ordenanza 1076-MML, a fi n de elevarse a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando al Dictamen Conjunto Nº 003-2010-CDL- CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 568-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1076-MML, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º numeral 8, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local el Cambio Específi co de Zonificación solicitada por la Provincia Misionera San Francisco Solano, del lote 13 de la Mz. G frente al Jr. Los Tilos esquina con Calle Las Mandarinas, Urb. El Palmar, distrito de Santiago de Surco, de Residencial Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), de conformidad con el procedimiento señalado en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1076- MML. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la elevación de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente.